Consulta vinculante: las ayudas al alquiler percibidas por los jóvenes sí tributan en el IRPF
Consulta vinculante: las ayudas al alquiler percibidas por los jóvenes sí tributan en el IRPF
La Dirección General de Tributos, a través de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, ha declarado en su consulta vinculante de 24 de junio de 2021 que, las ayudas al alquiler de vivienda habitual percibidas por los jóvenes, sí tributan en el IRPF.
Cuestión planteada
Según se desprende de la consulta vinculante, el afectado ha recibido una ayuda económica para el alquiler de viviendas de personas jóvenes.
En particular, dicha ayuda procede de la Orden de 30 de octubre de 2018, por la que se convocaron, para el ejercicio 2018, ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Según anuncia el consultante, el tipo de ayuda que ha recibido es para jóvenes menores de 35 años.
“¿Resulta de aplicación la exención prevista en el art. 7 y) de la LIRPF?”
Así, el beneficiario de la ayuda pregunta si, al importe percibido en concepto de dicha prestación, se le aplica la exención regulada en el art. 7 y) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
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