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Economía

Los detalles de la Directiva sobre nivel mínimo de impuestos a multinacionales

Toma como referencia un acuerdo de la OCDE que establece un tipo de al menos el 15% a grandes empresas

La Comisión Europea quiere cambiar la forma de tributación de las multinacionales (Foto: CE)

Tiempo de lectura: 4 min

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Economía

Los detalles de la Directiva sobre nivel mínimo de impuestos a multinacionales

Toma como referencia un acuerdo de la OCDE que establece un tipo de al menos el 15% a grandes empresas

La Comisión Europea quiere cambiar la forma de tributación de las multinacionales (Foto: CE)



La nueva realidad digital que rige en todo el mundo ha hecho saltar las fronteras nacionales en muchos aspectos. Uno de ellos es el que se refiere a la tributación de las grandes multinacionales, sobre todo, aunque no en exclusiva, del sector tecnológico, que aprovechan cualquier recoveco para tributar donde les conviene independientemente de dónde obtienen los beneficios. Esto ha traído de cabeza a muchos países, que han intentado sin éxito poder arreglar la situación sin éxito. Ahora, sin embargo, la situación está cambiando.

El importante aumento del gasto público en el que han tenido que incurrir muchos países para hacer frente a la covid y sus consecuencias ha hecho que organismos internacionales como la OCDE o la Unión Europea hayan empezado en trabajar para buscar vías que permitan repercutir a las empresas multinacionales un tipo mínimo global de impuesto de sociedades. El objetivo es evitar que compañías que obtienen sus ingresos en un determinado país se los lleven a otro distinto con el fin de pagar menos impuestos.



El secretario general de la OCDE, Mathias Cormann. Foto: Google)

El primer gran paso en este camino lo ha dado la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que el pasado mes de octubre logró un acuerdo entre 136 países para cambiar la forma de gravar a las grandes compañías multinacionales y empresas rentables en el mundo. El acuerdo busca que estas paguen impuestos por los beneficios que generan en cada Estado o territorio donde tienen sede, así como una fiscalidad mínima para los impuestos de sociedades.

El acuerdo apunta a la imposición de una reforma tributaria internacional que establece una tasa impositiva corporativa mínima del 15% a grandes empresas multinacionales. Además, el acuerdo también permite a cada país gravar los beneficios obtenidos en su territorio por empresas con más de 20.000 millones de euros (unos 23.158 millones de dólares) de facturación anual y cuya rentabilidad sea superior al 10%. Las discusiones se centraron en dos temas generales: Pilar 1, la reasignación parcial de derechos fiscales, y Pilar 2, el nivel mínimo de tributación de las ganancias de las empresas multinacionales.



Directiva comunitaria

Al hilo de este acuerdo, la Comisión Europea aprobó el pasado mes de diciembre una propuesta de Directiva que, basada en el Pilar 2 de la OCDE, asegura el tipo mínimo efectivo del 15% para grandes empresas. El objetivo es tener un marco fiscal transparente, equitativo y estable. Según ha declarado Paolo Gentiloni, comisario europeo de Economía, con esta medida “no introducimos una armonización fiscal en la UE, sino que establecemos un suelo para que al menos haya un tipo efectivo mínimo. Las diferencias seguirán estando dentro de la UE, pero no podemos aceptar la idea de que la competencia empresarial sea una carrera a la baja».

Paolo Gentiloni, comisario europeo de Economía. Foto: Google)

En este sentido, la propuesta afectará a grandes compañías, tanto nacionales como multinacionales, y del sector financiero, con ingresos de más de 750 millones y con una filial o empresa subsidiaria en algún Estado miembro de la UE.

La norma busca que el pago de impuesto sea efectivo también en casos en los que las filiales de las compañías se encuentren en un paraíso fiscal fuera de la Unión, donde no se apliquen reglas equivalentes.

Excepciones

De acuerdo con la propuesta de directiva, quedan fuera de su ámbito de aplicación las entidades gubernamentales, las organizaciones internacionales o sin fines de lucro, los fondos de pensiones o los fondos de inversión que sean entidades matrices de un grupo multinacional. Y ello porque “suelen estar exentas del impuesto sobre la renta de las sociedades nacionales a fin de preservar un resultado de política específico” o por tratar de evitar “el riesgo de doble tributación”, argumenta la Comisión Europea.

Google es una de las empresas que se puede ver afectada por la directiva europea. (Foto: Google)

Uno de los conceptos que introduce el documento de Bruselas es la tasa impositiva efectiva, que la establece cada país dividiendo los impuestos pagados por las entidades en el país por sus ingresos. Si esa tasa sale por debajo del mínimo del 15%, la empresa debe pagar un impuesto adicional para llevar su tasa hasta ese porcentaje. Este complemento se aplica independientemente de si la filial está ubicada en un país que se ha adherido al acuerdo internacional de la OCDE o no.

Reducciones fiscales

Se prevén algunas exclusiones fiscales, como la reducción de una cantidad de ingresos que sea al menos el 5% del valor de los activos tangibles y el 5% del coste de salarios, aunque eso será dentro de 10 años. Antes existe un periodo transitorio que comienza en el 8% del valor de los bienes materiales y en el 10% de los costes de nómina. Año tras año estas reducciones se irán enfilando hacia el 5% que fija la propuesta.

La norma también prevé la exclusión de importes mínimos de beneficios, a fin de reducir la carga normativa en situaciones de bajo riesgo. Esto significa que, cuando los ingresos y las ganancias en un país están por debajo de un monto mínimo determinado, no se cobrará ningún impuesto complementario sobre las ganancias del grupo obtenidas en ese Estado, incluso cuando la tasa impositiva efectiva sea inferior al 15%. Esto se conoce como la exclusión de minimis.

Los Estados miembros deberán acordar la Directiva por unanimidad en el Consejo. El Parlamento Europeo y el Comité Económico y Social Europeo también deberán ser consultados y dar su opinión sobre la norma.

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