Qué hacer para que Hacienda acepte la devolución del IVA en tu empresa
Qué hacer para que Hacienda acepte la devolución del IVA en tu empresa
- Tener los libros de contabilidad actualizados y entregar las facturas es primordial para conseguir que Hacienda te ingrese el sobrecoste abonado.
A la hora de llevar a cabo los pagos fiscales que corresponden tanto a una empresa como a un autónomo, se pueden desgravar una serie de impuestos, entre los que se encuentra el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este impuesto se le añade a prácticamente cualquier bien o servicio que se consume y este pago lo recauda la Agencia Tributaria. Pero en determinadas situaciones, se puede requerir al fisco que te devuelva el pago de este impuesto o parte del mismo, es decir, se puede solicitar la devolución del IVA.
A través de este proceso, una persona física o jurídica que ha realizado el pago en cuestión pide a la Agencia Tributaria que se le devuelva una parte o la totalidad del IVA recaudado al sujeto pasivo. Dicho así, parece que cualquier empresa puede solicitar la devolución del IVA, pero es necesario que se cumplan ciertos parámetros para que esto se haga efectivo. Así, no cualquier empresa que haya pagado el IVA puede solicitar su devolución.
Lo normal la devolución del IVA se realice en consonancia con aquellos gastos vinculados a la actividad económica relacionada con la empresa o en situaciones en las que se haya pagado un coste superior de IVA al recibido, como ocurre en aquellas empresas que compran y venden productos sujetos al pago del IVA, aunque existen casos más específicos a los que se les atribuye la capacidad de pedir la devolución de este impuesto.
Es relevante destacar que se solicita la devolución, es decir, se solicita porque de manera previa se ha pagado dicha cantidad. Por ello, es importante guardar toda la documentación relacionada con este tipo de pagos, entre las que se encuentran facturas y tickets vinculados a la actividad económica que realiza la empresa. Con estos documentos, la empresa podrá dar fe de que se han producido gastos en forma de IVA y, por tanto, podrán demostrar que tienen derecho a la devolución del impuesto tal como estipula la ley.
Dentro del procedimiento, el primer paso de la devolución del IVA es solicitarla con la última declaración de IVA, luego el fisco tendrá que comenzar la liquidación provisional. Luego, una vez que la liquidación provisional sea ejecutada y tenga la aprobación del fisco, la Agencia Tributaria deberá realizar la devolución en los siguientes 30 días hábiles.
Pero el periodo de liquidación puede variar para empresas y autónomos, por lo que los plazos para reclamar son distintos.
En el caso de las empresas, si el periodo de liquidación del impuesto es mensual, podrán pedir la devolución del impuesto a lo largo del periodo de liquidación posterior presentando el modelo. Para las empresas cuyo periodo de liquidación es trimestral, los plazos serán los mismos que para los autónomos. En este caso el modelo 303 actúa como solicitud de devolución y se corresponde al cuarto y último trimestre. El plazo para presentarlo, junto al modelo 390, es hasta el 30 de enero.
Aquellas empresas incluidas en el REDEME, emplearán el modelo de liquidación adecuado al periodo posterior al que se ha generado el derecho a solicitar la devolución. Así, si tu empresa ha soportado más IVA del repercutido en el mes de marzo, la solicitud de devolución deberá realizarla presentando el modelo 303 en el mes de abril.
En todo caso, para optar a la devolución, el resultado de la declaración debe ser negativo, la cifra total del modelo 303 ha de tener el signo menos y la solicitud del IVA tiene que estar marcada en la casilla 71.
Para finalizar, la devolución del impuesto llegará en forma de transferencia bancaria como vía para evitar usos fraudulentos. Podrá ser a una cuenta asociada al empresario o a la empresa en cuestión.