Sucesiones
Sucesiones
Joan Martínez. (Imagen: E&J)
El Reglamento de armonización Europea en el derecho sucesorio, Reglamento 650/12 sobre la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, tiene por finalidad permitir que los europeos puedan ejercer sus derechos en situaciones de sucesiones “mortis causa” con repercusiones transfronterizas. En este texto se establece en su artículo 21.1, que la ley aplicable, salvo excepciones reguladas a la totalidad de la sucesión, será la del Estado en que el causante tuviera su residencia habitual en el momento del fallecimiento.
Textos como el citado, nos conducen a pensar que los letrados de la Unión Europea, para poder atender los intereses de sus clientes, cada vez han de estar más informados del contenido de los ordenamientos nacionales del resto de países de la Unión Europea. En este sentido, seguro que el artículo que publicamos en este número sobre la sucesión intestada en España, analizada de forma global e incluyendo el análisis comparativo de derecho autonómico, será de utilidad práctica para la abogacía europea en general y para recordar la complejidad y personalidad de los ordenamientos de nuestro viejo continente.
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