Una vez más
Una vez más
El reconocido jurista, Don Eduardo García Sánchez, nos recuerda que el pasado 21 de diciembre el Tribunal Superior de Justicia de la UE, en contra de lo sostenido por nuestro Tribunal Supremo en su resolución de 9 de mayo de 2013, consideró que no cabía limitar la retroactividad del pago de los intereses indebidamente cobrados por las entidades financieras a los prestatarios.
Una vez más, la interpretación europea discrepa de la nacional, una vez más, el Tribunal Superior de Justicia aparece como el gran constructor de la Unión Europea al imponer criterios interpretativos homogéneos en los Estados miembros.
Solo nos queda esperar que lo homogéneo se deje moldear por la equidad.
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