LA FORMACIÓN JURÍDICA EN ESPAÑA
LA FORMACIÓN JURÍDICA EN ESPAÑA
(Imagen: E&J)
I. FORMACIÓN DE POSGRADO EN EL PANORAMA NACIONAL.
La redacción de Economist & Jurist, ha querido en este Especial, identificar y reunir la oferta formativa más significativa en España, haciendo un balance de la situación actual de los estudios jurídicos de posgrado. A continuación referenciamos los más destacados:
ADM BUSINESS SCHOOL
www.admbs.com
Madrid.
Máster Cremades & Calvo Sotelo en dirección de asesoría jurídica de empresas.
700 horas, 10 meses.
CEF, CENTRO DE ESTUDIOS
FINANCIEROS
www.cef.es
Madrid, Barcelona, Valencia, a distancia.
Máster profesional en tributación / asesoría fiscal.
451 horas, 12 meses.
Máster profesional en asesoría jurídico-laboral.
337 horas, 12 meses.
Máster profesional en auditoría de cuentas.
670 horas, 12 meses.
CENTRO DE ESTUDIOS GARRIGUES
www.centrogarrigues.com
Madrid.
Máster en tributación
686 horas, 9 meses.
Máster en derecho empresarial.
730 horas, 9 meses.
Máster en asesoría jurídico laboral.
678 horas, 9 meses.
Máster executive en asesoría fiscal.
256 horas, 9 meses.
Máster executive en empresa y finanzas para abogados.
260 horas, 9 meses.
CEPADE, CENTRO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESASUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID.
www.cepade.es
Online.
Máster en asesoría jurídica de empresas.
540 horas, 24-36 meses.
Máster en asesoría y gestión fiscal y de inversiones.
540 horas, 24-36 meses.
CIFF, CENTRO INTERNACIONAL DE FORMACIÓN FINANCIERA.
www.ciff.net
Madrid.
Máster en derecho de la empresa.
600 horas, 9 meses.
COMILLAS POSTGRADO
www.upcomillas.es
Madrid.
Máster universitario en derecho de la empresa.
600 horas, 9 meses.
Máster universitario en tributación y en fiscalidad internacional.
600 horas, 9 meses.
Máster universitario en asuntos internacionales: economía, política y derecho.
600 horas, 9 meses.
Máster universitario en propiedad intelectual.
600 horas, 10 meses.
Máster en negocio y derecho marítimo.
500 horas, 9 meses.
EAE BUSINESS SCHOOL
www.eae.es
Barcelona
Máster en asesoría fiscal y dirección tributaria.
350 horas, 9 meses.
ENAE BUSINESS SCHOOL
www.enae.es
Murcia.
Máster en asesoría jurídica.
600 horas, 8 meses.
Máster en asesoría fiscal.
500 horas, 9 meses.
ESADE FACULTAD DE DERECHO
www.esade.edu
Barcelona.
Máster en asesoría y gestión tributaria full time.
600 horas, 10 meses.
Máster en asesoría y gestión tributaria part time.
530 horas, 10 meses.
Máster en derecho internacional de los negocios full time.
600 horas, 10 meses.
Máster en derecho internacional de los negocios part time.
450 horas, 10 meses.
Máster en propiedad intelectual y sociedad de la información.
405 horas, 10 meses.
Master in corporate finance & law.
350 horas, 10 meses.
ESCUELA DE NEGOCIOS
CAIXANOVA
www.escueladenegocioscaixanova.edu
Vigo.
Máster en asesoría fiscal
410 horas, 10 meses.
ESCUELA DE NEGOCIOS CEU
www.en.ceu.es
Madrid.
Executive máster en asesoría fiscal.
325 horas, 10 meses.
Executive master in international business law.
250 horas, 10 meses.
Official master in international business law.
600 horas, 10 meses.
FUNDACIÓN SAGARDOY
www.fundacionsagardoy.com
Madrid.
Máster en abogacía laboral.
525 horas, 10 meses.
FUNDESEM
www.fundesem.es
Alicante.
Máster en asesoría jurídica de empresas.
800 horas, 10 meses.
Máster en asesoría fiscal de empresas.
445 horas, 10 meses.
Máster en abogacía.
400 horas, 10 meses.
IDEC, INSTITUTO DE EDUCACIÓN
CONTINUA-UNIVERSIDAD
POMPEU FABRA
www.idec.upf.edu
Barcelona.
Máster en fiscalidad.
600 horas, 10 meses.
Máster en derecho de la propiedad intelectual.
600 horas, 10 meses.
Máster en derecho del trabajo y de la Seguridad Social.
600 horas, 21 meses.
Máster en derecho inmobiliario, urbanístico y de la edificación.
600 horas, 9 meses.
Máster en derecho público. Estudios avanzados de la ordenación jurídicoadministrativa del territorio y del mercado.
600 horas, 9 meses.
IDE-CESEM, INSTITUTO DE DIRECTIVOS DE EMPRESA
www.ide-cesem.com
A distancia.
Máster en práctica jurídica.
600 horas, 12 meses.
IL3, INSTITUTE FOR LIFELONG LEARNING-UNIVERSIDAD DE BARCELONA
www.il3.ub.edu
Barcelona.
Máster en abogacía.
1.200 horas, 9 meses.
Máster en abogacía internacional.
1.200 horas, 9 meses.
Máster en asesoría fiscal.
1.0600 horas, 10 meses.
Máster en derecho empresarial.
822 horas, 9 meses.
Máster en derecho penal y ciencias penales.
410 horas, 7-19 meses.
INSTITUTO DE ESTUDIOS CAJASOL
www.institutocajasol.com
Sevilla.
Máster en asesoría fiscal.
624 horas, 9 meses.
Máster en asesoría jurídica de empresas.
606 horas, 9 meses.
IE LAW SCHOOL
www.ie.edu
Madrid, Chicago.
Máster en asesoría jurídica de empresas.
800 horas, 10 meses.
Máster en asesoría jurídica part time.
850 horas, 13 meses.
Máster en asesoría fiscal de empresas.
845 horas, 10 meses.
Master of laws in international legal practice.
750 horas, 10 meses.
Executive LLM program.
650 horas, 10 meses.
ISDE, INSTITUTO SUPERIOR DE DERECHO Y ECONOMÍA
www.isdemasters.com
Barcelona, Madrid, a distancia.
MBA jurídico.
320 horas, 10 meses.
Máster en abogacía.
1.200 horas, 10 meses.
Máster en abogacía internacional.
1.100 horas, 12 meses.
Master in international sports law.
1.200 horas, 12 meses.
Master in international law.
1.500 horas, 9 meses.
Máster internacional en asesoría fiscal.
1.000 horas, 10 meses.
Máster en perfeccionamiento de habilidades de la abogacía.
600 horas, 6 meses.
Máster internacional en derecho y gestión deportiva.
600 horas, 10 meses.
Máster en práctica jurídica.
600 horas, 10 meses.
Máster en dirección y administración de despachos.
600 horas, 10 meses.
Máster en derecho internacional, comercio exterior y relaciones internacionales.
600 horas, 10 meses.
Máster en derecho de extranjería.
600 horas, 7 meses.
NEBRIJA BUSINESS SCHOOL
www.nebrija.com/escuela-negocios
Madrid.
Máster oficial en derecho empresarial.
720 horas, 9 meses.
UNED, UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
www.uned.es
A distancia.
Máster oficial en derechos fundamentales.
620 horas, 9 meses.
Máster en práctica procesal civil.
600 horas, 21 meses.
Máster en ciencias forenses y derecho sanitario.
850 horas, 21 meses.
Máster en biomedicina, biotecnología y derecho.
600 horas, 12 meses.
Máster en derecho de la Unión Europea.
500-600 horas, 12 meses.
Máster en derecho del comercio internacional.
600 horas, 24 meses.
Máster en derecho del comercio internacional por Internet.
600 horas, 24 meses.
Máster en marco normativo del desarrollo sostenible en la industria.
600 horas, 21 meses.
Máster en derecho nobiliario y premial, genealogía y heráldica.
600 horas, 7 meses.
UNIVERSIDAD CARLOS III
www.uc3m.es
Madrid.
Máster en asesoría jurídica de empresas.
600 horas, 9 meses.
Máster en derecho de la Unión Europea.
750 horas, 16 meses.
Máster en derecho de las telecomunicaciones y tecnología de la información.
600 horas, 9 meses.
Máster en derecho privado.
900 horas, 18 meses.
Máster en derecho público.
900 horas, 18 meses.
Máster en el ejercicio de la abogacía. Asesoría jurídica de la empresa.
1.200 horas, 21 meses.
Máster en estudios avanzados en derechos humanos.
900 horas, 18 meses.
Máster en propiedad intelectual.
600 horas, 9 meses.
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID
www.ucm.es
Madrid.
Máster en derecho ambiental.
300 horas, 12 meses.
Máster en derecho de los negocios internacionales.
300 horas, 9 meses.
Máster en derecho internacional y relaciones internacionales.
300 horas, 9 meses.
UNIVERSIDAD DE NAVARRA
www.unav.es
Pamplona.
Máster en asesoría fiscal.
600 horas, 12 meses.
Máster en derecho de empresa.
600 horas, 12 meses.
UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID
www.uem.es
Online.
Título e-learning de experto jurídico sobre migraciones internacionales y extranjería.
600 horas, 9 meses.
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE VITORIA
www.ufv.es
Madrid.
Máster en derecho de los negocios.
500 horas, 7 meses.
UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
www.urjc.es
Madrid.
Máster en derecho de los negocios y litigación internacional.
600 horas, 9 meses.
Máster en derecho autonómico y local.
600 horas, 9 meses.
Máster en derecho urbanístico y ambiental.
600 horas, 9 meses.
UOC
www.uoc.edu
Online.
Máster en fiscalidad.
540 horas, 24 meses.
Máster en derechos humanos y democracia.
360 horas, 24 meses.
Máster en derecho internacional humanitario y justicia penal internacional.
465 horas, 24 meses.
ZARRALUQUI ABOGADOS
www.zarraluqui.net
Madrid.
Período de formación Zarraluqui. (Antiguo Máster en derecho de familia).
236 horas, 9 meses, 15.000 euros.
II. LA FORMACIÓN JURÍDICA EN ESPAÑA.
En este Especial también, y con el fin de hacer una reflexión acerca de cómo se encuentra en estos momentos la formación jurídica en nuestro país, la Redacción de Economist & Jurist ha contactado con distintos profesores y abogados de reconocido prestigio para preguntarles cuál es su visión personal. Esto es lo que nos contaron:
1. ¿Considera que la aplicación del plan de Bolonia en Derecho está representando una mejora frente al anterior plan universitario?
-Dr. Alfonso Ortega Giménez. Profesor de Derecho internacional privado de la Universidad Miguel Hernández de Elche:
Como el cuento del Lobo feroz, parecía que nunca iba a llegar, pero, sí ¡Bolonia ya está aquí!…parece que esto va a suponer un terremoto que afecte a los cimientos de las Facultades de Derecho de la sacrosanta Universidad española., y nada más lejos de la realidad… ¡Bolonia es adaptación, que no revolución!…Ahora bien, eso sí, soy de los que piensa que uno de los principales problemas de la aplicación del Plan Bolonia y la creación del Espacio Europeo de Educación Superior es la desinformación: falta conocimiento del Plan Bolonia en la comunidad universitaria y falta difusión del Plan Bolonia por parte de quienes lo promueven.
El objetivo prioritario ha sido depurar las titulaciones que tenían poca demanda y reordenar la oferta para ajustarla, en la medida de lo posible, a las demandas del mercado laboral: uno de los grandes retos de los próximos años….pero, no olvidemos, y eso es lo más grave, que se está haciendo a coste 0….todas las Universidades con los mismos recursos humanos y materiales tienen, por Ley, que ofrecer, a partir de ahora, con los nuevos Grados, una enseñanza más personalizada, basada en la enseñanza-aprendizaje.
Con el cambio se pretende pasar de una enseñanza centrada en los conocimientos teóricos a otra que potencie la adquisición de competencias, destrezas y habilidades; pero, si el Derecho es una profesión enfocada a resolver problemas prácticos, lo primero que hay que saber es teoría…y las destrezas y habilidades tienen que venir después.
En los estudios de Derecho nos vamos a encontrar, en particular, con tres problemas claros: el primer problema es que los profesores vamos a tener que trabajar con grupos reducidos. Si los grupos son de 100-150 alumnos, no tienes más remedio que dar una clase magistral, pero si nos dan grupos de 20-25 alumnos, está claro que la clase magistral no es el método; el segundo problema es la necesidad de un cambio de actitud: el profesor de Derecho ya no va a poder repetir siempre lo mismo, no va a poder utilizar todos los años sus apuntes amarillentos. Se debe huir de la lección magistral y caminar hacia un nuevo método de enseñanza: el método del caso. Ahora bien, esta nueva realidad requiere también de un cambio de actitud, por parte no sólo del profesor sino también del alumno. Vamos a tener que trabajar todos de otra manera….y, es obvio, vamos a tener que trabajar más….y la pregunta del millón es si ¿realmente estamos preparados para ello, alumnos y profesores?…; pero, tercero, lo que es más grave es que el nuevo Grado en Derecho, sin duda alguna, va a significar una reducción del caudal de conocimientos teóricos que se proporcionaba en la tradicional Licenciatura en Derecho.
La creación del Espacio Europeo de Educación Superior, en el que actualmente participan 47 países europeos, supone, en general para las Universidades, y, en particular, para las Facultades de Derecho una oportunidad histórica de cambio, que debe ser percibida por la comunidad universitaria como una apuesta por la calidad en la formación del alumnado y por el servicio público que deben prestar las Universidades.
Eso sí, lo mejor de todo esto es precisamente eso: que estamos hablando de ello. Repensar la manera de enseñar Derecho en España e introducir la metodología Bolonia es positivo. Eso no significa que no vaya a suponer un notable esfuerzo por parte de todos: alumnos y profesores; pero, al final, estoy convencido de que el balance final será positivo.
-Dra. Marta Iglesias. Dirección Académica del Instituto Superior de Derecho y Economía. (ISDE):
En 1999, los países miembros de la Unión Europea (UE) firmaron la llamada Declaración de Bolonia, que tenía dos objetivos principales: a) adoptar el sistema universitario anglosajón para Europa (reemplazar los cinco años de carrera por tres de grado y dos de postgrado) y b) crear un espacio educativo común dirigido a fomentar el desarrollo global del viejo continente.
De acuerdo con el calendario de implantación del nuevo Espacio Europeo de Educación Superior (2010-2011), España ha optado por la fórmula 4+1 (cuatro años de grado y uno de postgrado) en lugar de adoptar el sistema de la mayoría de los países europeos 3+2 (tres años de grado y dos de postgrado).
Aplicando estas consideraciones al mundo del derecho, la abogacía en España constituye, a día de hoy, una profesión regulada cuyo ejercicio exige un título acreditativo. De esta suerte, aunque presumamos que la titulación de grado garantizará una preparación adecuada y suficiente para el desarrollo de la actividad profesional, la necesidad de cursar un Máster en Práctica Jurídica no sólo se nos antoja apropiada sino también fundamental.
Sin prescindir de sus parámetros humanísticos, la realización de estos estudios permitirá que sus destinatarios adquieran una mayor preparación jurídico-técnica y, en consecuencia, una mejor formación académica, investigadora y profesional, tanto con respecto a la representación de los justiciables ante los órganos jurisdiccionales o del asesoramiento jurídico a la sociedad civil como en el marco de las asesorías jurídicas de las empresas.
De lo que se trata, en definitiva, es de fomentar la madurez profesional de los nuevos abogados mediante la aprehensión práctica de las técnicas, métodos o sistemas relacionados con el oficio, incluida su capacidad de identificar o descubrir nuevas áreas del derecho y/o disciplinas de interés creciente. Entre ellas, por ejemplo, el arbitraje sobre inversiones internacionales ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (ISCID, según sus siglas en inglés).
La decisión de realizar un Máster generalista o un Máster especializado debería depender, por otro lado, del ejercicio de autocrítica de los interesados, es decir, de una valoración objetiva tanto de sus aspiraciones profesionales como de sus competencias interpersonales y jurídico-técnicas. Desde esta perspectiva, al igual que un Máster generalista proporciona una visión global teórico-práctica del conjunto de las disciplinas que integran el derecho (consolidando, por tanto, las bases de una posterior especialización), el Máster especializado puede proporcionar una ventaja competitiva notable, acelerando la carrera profesional del estudiante. Lo importante, en todo caso, es que la reflexiva y ponderada interacción de ambos planteamientos proporcione a los «noveles del derecho» una formación completa y competitiva tanto desde el punto de vista humano como profesional.
-Dr. Juan Cayón Peña. Universidad Antonio de Nebrija:
La aplicación del llamado acuerdo de Bolonia en España, no está exenta de polémica, más que por el hecho de lo que Bolonia en sí significa, por la manera en que nuestro ordenamiento jurídico nacional ha asumido sus implicaciones. Si vemos en Bolonia un acuerdo mediante el cual, de manera voluntaria, los distintos Estados acceden a flexibilizar sus rígidos sistemas educativos y burocracias internas para lograr una mayor armonía en el llamado Espacio Europeo de Educación Superior, parece evidente que es algo positivo. Si añadimos que además con ello se hará más reconocible para los empleadores en los distintos Estados la formación recibida por parte de los estudiantes, que se favorecerá el tránsito de alumnos y profesores por Europa y que se tendrán en mayor cuenta las prácticas profesionales, la formación en competencias y habilidades, así como la equiparación de la educación europea a otros modelos que en la práctica han resultado ser más competitivos (como el norteamericano), la opinión inicialmente positiva sólo puede ratificarse.
Sin embargo, en la práctica, ¿cómo ha traspuesto nuestro ordenamiento jurídico ese compromiso? Aquí es donde sin duda alguna cabe ser mucho más crítico. Para empezar, y por no hablar de nuestra paupérrima educación secundaria, España ha optado por la tesis minoritaria en Europa de considerar que los estudios universitarios de grado deben tener una duración de cuatro años, cuando en la mayor parte del mundo son sólo tres. Las causas que explican esta decisión pueden ser muy distintas, según quien las explique, pero mucho me temo que la endogamia del sistema público universitario español, su resistencia al cambio, el terror a la pérdida de poder de los departamentos al reducirse las asignaturas o la urgente necesidad de que todo cambie para que no cambie nada, además de la siempre constante necesidad de un mayor presupuesto universitario que gestionar, algo han tenido que ver. Por si fuera poco, en España comenzamos la reforma por el postgrado, con diferentes normativas que en un brevísimo espacio de tiempo se han sucedido con nulo éxito y aún amenaza el legislador con otras nuevas… Finalmente, nuestra incapacidad para haber creado organismos realmente eficaces en la transición de modelo como agencias realmente efectivas, la absurda rigidez administrativa de nuestro sistema y la ausencia de un adecuado modelo de financiación que no discrimine a los ciudadanos por causa del tipo de Universidad que elijan, han hecho el resto. Y de ahí que nuestra experiencia más que positiva con carácter general, pueda tacharse de desalentadora. Y eso que aún estamos en pleno proceso.
Y por lo que se refiere a los estudios de Derecho, en general, los planes adaptados a Bolonia no han supuesto un cambio respecto de los planes de estudio anteriormente vigentes desde la segunda mitad de los años 90 del pasado siglo. Aquellos planes sí que supusieron un cambio radical respecto de los estudios tradicionales (Plan de 1953) con cinco años y 25 asignaturas, pero desde entonces ha llovido mucho… En mi opinión, aquel plan de 1953 era una base magnífica para la formación de juristas y tan sólo adolecía de una cierta obsolescencia que bien podría haberse corregido con un curso adicional (quizás del nivel Master) especialmente destinado a fomentar la práctica profesional, las habilidades y competencias propias del mercado laboral real y, quizás, la inclusión de asignaturas más novedosas como las derivadas de la expansión del derecho comunitario o las implicaciones jurídicas de las entonces nuevas tecnologías. Pero aquella oportunidad ya se perdió entonces y la actual reforma apenas sí ha supuesto alguna novedad en el itinerario formativo de los alumnos del grado en Derecho, pues la mayoría de los Planes de Estudio verificados se han limitado a reducir la carga de las asignaturas tradicionales. Cabe suponer que la obligatoria inclusión de prácticas profesionales y de un proyecto de fin de grado, permitirán una mejor integración en el mercado laboral, a cambio, eso sí, de una neta merma en la erudición jurídica, y lo que me temo es más grave, en la capacidad de razonamiento jurídico critico por carencias básicas elementales. Lo más importante de esta reforma, y en mi modesta opinión, será la causa principal de nuestro previsible fracaso como país en este campo, es la utilización de metodologías más activas que obliguen al estudiante a una mayor implicación en la adquisición de conocimientos. ¿Están nuestros alumnos preparados para ello? ¿Y el sistema universitario público que aún atiende al 89% de los estudiantes? Sinceramente opino que mayoritariamente no, y de ahí que no resulte descabellado el pensar en un futuro con graduados en Derecho que hayan avanzado en sus estudios y hasta obtenido su titulación con menos cantidad de conocimientos jurídicos y con neta merma en la calidad de los mismos al resultar imposible aplicar metodologías activas en Universidades con personal altamente funcionarizado y desmotivado, sobre alumnos que carecen de la base cultural y educativa más esencial.
Por todo ello, resulta imprescindible concienciar a los futuros estudiantes y sus familias de la enorme relevancia que tendrá para su futuro la correcta elección de la Universidad en la que vayan a cursar sus estudios de grado. De ahí el previsible éxito futuro de las dobles titulaciones de grado (por ejemplo Derecho y Relaciones Internacionales, Derecho y Ciencias Políticas, etc…) que permiten dotar de conocimientos más extensos e integrados que los que proporciona un sólo grado genérico, máxime si se siguen enseñanzas en grupos reducidos que permitan al alumno interactuar de verdad con su profesor y sus compañeros. E igualmente por ello, debe destacarse también la suma trascendencia de la formación de postgrado, pues la elección de un buen Master permitirá redondear y profundizar en al menos un área de conocimiento jurídico hasta niveles razonables. Todo ello, sin perjuicio de la necesaria inclusión en la agenda educativa jurídica de los estudios de postgrado por causa de la vigente Ley de Acceso a la profesión de abogado y procurador. En afrontar este impresionante reto venimos trabajando con intensidad algunas Universidades que, vinculando nuestra actividad con los mejores despachos profesionales e instituciones del mundo jurídico, pretendemos hacer destacar a quienes nos confían uno de sus bienes más preciados en la sociedad postmoderna, su formación. Son tiempos procelosos en el mundo de la educación jurídica. Sólo los mejores podrán diferenciarse y con ello optar a las mejores oportunidades en un mercado globalizado.
-D. Julio García Ramírez. Abogado. Director del Master en Habilidades del ejercicio de la Abogacía del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE):
2. ¿Qué opinión tiene sobre la obligatoriedad de haber cursado y superado un máster en práctica jurídica para poder optar a ejercer la abogacía?
Respuesta: Todos los abogados de España sin excepción sabemos el nivel que tienen nuestras Facultades de Derecho, de hecho, no es extraño el dato de que de las doscientas mejores Universidades del Mundo no hay ninguna Española.
En cambio entre las diez mejores escuelas de negocio del mundo sí hay tres españolas, ¿el motivo? Dichas escuelas traen a los mejores Profesionales y trabajan sobre el caso práctico. Por lo tanto, en la medida en que un Master tenga una verdadera práctica y consiga que los mejores profesionales del ejercicio de la abogacía enseñen sus habilidades será totalmente aconsejable dicha obligación de cursar dichos estudios.
Pero en la medida que una escuela de práctica jurídica sea más de lo mismo, es decir, que se limiten a contar lo mismo que en la Facultad de Derecho, los alumnos habrán malgastado su dinero y lo peor, su tiempo.
Por lo tanto, obligación sí, pero con una calidad y una experiencia en la formación de abogados, que cuente con el respaldo de los mejores despachos, que el alumno tendrá que saber buscar entre todas las opciones posibles.
Y en este punto solo daré una pista, si la escuela de práctica jurídica es de la Facultad, lo normal es que los mismos profesores que han estado aburriendo a los alumnos lo hagan en dicha escuela.
3. ¿Nos podría indicar en su opinión que nuevas áreas del derecho considera que están creciendo en importancia?
Respuesta: Considero que existen cinco áreas a las que no se le ha dado la verdadera importancia que todo abogado desde una profunda reflexión sabe que son importantes, en primer lugar conocer las estrategias procesales que permiten elegir el mejor camino posible a la hora de iniciar, continuar o dar por finalizada una acción ante los Tribunales. En segundo lugar, las mejores técnicas de oratoria procesal, ya que hoy en día ganar la batalla dialéctica en sala resulta fundamental en mucho casos donde existe duda por parte del juez. En tercer lugar, aprender las mejores técnicas de negociación para conseguir más y mejores acuerdos. En cuarto lugar, dominar en la medida de lo posible, las mejores herramientas de marketing jurídico que permitan conseguir y atender mejor a los clientes de un despacho y por último, y no menos importante, dominar las técnicas de control del estrés y gestión eficaz del tiempo para trabajar con una mejor calidad en beneficio de nuestros clientes.
4. En su opinión en la formación de los abogados noveles, ¿qué defectos o vacíos principales, detecta?
Respuesta: Básicamente los especificados en la anterior pregunta, y añadiré uno muy importante: saber pensar estratégicamente, ya que el derecho se aprende estudiando pero se ejerce pensando, por lo tanto, los Master deben potenciar la habilidad de pensar «a vista de pájaro» para aconsejar la mejor opción a nuestros clientes, puesto que a veces una retirada a tiempo es una gran victoria.
5. ¿Considera más recomendables los Master generalistas o los especializados?
Respuesta: Ambos tienen su función, para el joven abogado que sale de la facultad y no sabe nada del ejercicio es mejor uno generalista, pero para un abogado que lleve más de cinco años ejerciendo los especializados son la mejor opción.
Si desea leer la Sección en formato PDF puede hacerlo abriendo el documento adjunto.
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