Abogado lleva a la Audiencia Nacional la dosis de refuerzo para superar la Covid
Según el letrado valenciano, Sanidad no contaría con un aval científico para esta estrategia de vacunación
(Foto: Economist & Jurist)
Abogado lleva a la Audiencia Nacional la dosis de refuerzo para superar la Covid
Según el letrado valenciano, Sanidad no contaría con un aval científico para esta estrategia de vacunación
(Foto: Economist & Jurist)
A través de su Diligencia de Ordenación de 10 de enero de 2022, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso interpuesto por un abogado valenciano contra la estrategia de vacunación frente al Covid-19 dirigida por el Gobierno, que aconseja la aplicación de una dosis de refuerzo de la vacuna tras el transcurso de cuatro semanas desde que el infectado obtuviese una prueba PCR negativa.
El literal del controvertido documento del Ministerio de Sanidad establece que “en las personas con antecedentes de infección sintomática o asintomática por SARS-CoV-2, con 65 y menos años de edad (con la excepción de los residentes en centros de personas mayores, los grandes dependientes y personas con condiciones de muy alto riesgo), e independientemente de la fecha de confirmación de la infección, se recomienda una sola dosis como «primovacunación» a las 4 semanas tras la infección”
Argumentos del abogado
Según anuncia el letrado valenciano especializado en Derecho administrativo, Curro Nicolau Castellanos, en sus declaraciones a Europa Press, el Ministerio de Sanidad “no ha aportado ningún dato científico” para que España siga tal estrategia de vacunación, pudiendo ser incluso “contraproducente”.
A su juicio, el criterio adoptado carece tanto de respaldo científico como de motivación, lo que supondría tener que valorar la posible nulidad de la resolución recurrida al resultar contraria al derecho de protección de la salud reconocido en nuestro art. 43 de la Constitución Española.
Por consiguiente, el Co-Fundador y Co-CEO de la firma Tecnourban Group estima conveniente que se adopte la medida cautelarísima de suspensión de esta estrategia de vacunación, ya que si se esquivase tal amparo, la sentencia que pusiese fin a este procedimiento judicial sería ineficaz, puesto que ya habría miles de personas que podrían haber decidido pasar por esa dosis de refuerzo desconociendo la inexistencia de base científica alguna.
“Estoy deseoso de ver los Informes técnicos y científicos tenidos en cuenta”, ha expresado el propio abogado en su perfil de redes sociales. Además, “vamos a aportar en el procedimiento un informe de parte de una experta en inmunología donde se apoya la tesis contraria, pues puede ser contraproducente para la salud este criterio de vacunación”, añade Nicolau Castellanos.
Admisión a trámite
Por su parte, como adelantábamos, la Sección Octava de la AN, tras admitir a trámite el recurso, ha ordenado “requerir con carácter urgente al órgano administrativo correspondiente”, en este caso, al Ministerio de Sanidad, para que “en el plazo máximo de 5 días (…) remita el expediente, acompañado de los informes y datos que estime procedentes”.
Así, la Diligencia de Ordenación advierte que la falta de envío del expediente administrativo en tal plazo “no suspenderá el curso de los autos”.
Por último, respecto a la petición de adopción de la aludida medida cautelarísima, el Letrado de la Administración de Justicia que ha dictado la citada Diligencia de Ordenación, José Antonio Naranjo Lemos, acuerda dar cuenta al Magistrado Ponente, Fernando Luis Ruiz Piñeiro, para que sea este el que resuelva en última instancia la posible paralización de la estrategia de vacunación adoptada por el Ministerio de Sanidad.