Abogado logra que un restaurante le devuelva lo que pagó por el pan que nunca pidió
Al letrado y a su pareja le cobraron 2,50 euros por dos raciones de pan que no pidieron y que el restaurante se tomó la libertad de servirles
(Foto: Pixabay)
Abogado logra que un restaurante le devuelva lo que pagó por el pan que nunca pidió
Al letrado y a su pareja le cobraron 2,50 euros por dos raciones de pan que no pidieron y que el restaurante se tomó la libertad de servirles
(Foto: Pixabay)
En julio de 2020, el abogado de FACUA Castilla y León, Pablo Gerbolés Sánchez, acudió a comer con su pareja a un conocido mesón de la localidad vallisoletana de Traspinedo.
Para su sorpresa, al pedir la cuenta, el hombre observó que el restaurante les cobró dos raciones de pan, a razón de 1,25 euros cada una, por un producto que no habían solicitado y que el local de restauración se tomó la libertad de servirles.
Tras abonar los 2,50 euros y comprobar que en la carta online que consultaron a la hora de elegir qué iban a comer no aparecía reflejado por ningún sitio que al comensal le iban a cobrar 1,25 euros por la ración de pan, el letrado decidió denunciar los hechos ante la sección de Consumo del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de Valladolid para que valorase abrir un expediente sancionador al restaurante.
Es una infracción leve “no poner los precios a disposición de los turistas o no darles la obligada publicidad”
En octubre de 2021, el aludido organismo emitió una resolución en la que se tildaba de improcedente iniciar un expediente sancionador contra el aludido local de restauración al interpretar que nos existía “mala fe” en la actuación del denunciado. Así pues, el Servicio Territorial de Cultura y Turismo decidió archivar el caso pese a reconocer que los hechos denunciados por el letrado podían constituir una infracción administrativa de carácter leve.
Para mayor detalle, según la letra e) del art. 81 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de turismo de Castilla y León, es una infracción leve “no poner los precios a disposición de los turistas o no darles la obligada publicidad”.
El abogado se planta en sede judicial y logra que le devuelvan los 2,50 euros
Disconforme con lo anterior, el letrado decidió recurrir y argumentó, entre otros extremos, que el expediente sancionador debía abrirse ya que el restaurante había reconocido los hechos y que el mismo no había devuelto aún la cifra abonada en concepto del pan servido.
Fue entonces cuando el restaurante se allanó a la demanda e ingresó en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado de Primera Instancia n.º 15 de Valladolid los 2,50 euros reclamados por Gerbolés Sánchez.
De hecho, según consta en la Diligencia de Ordenación de 19 de julio de 2022, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de referencia ha requerido al abogado a fin de que facilite su número de cuenta para efectuarle así el ingreso debido.
El restaurante ya anuncia a sus clientes, en el apartado “entrantes” de su carta online, que el pan tiene un coste de 1,25 euros
Finalmente, desde FACUA anuncian que, fruto de este litigio, el restaurante demandado ya aclara en su carta que el pan tiene un coste de 1,25 euros por persona.
El abogado de la asociación de defensa de los derechos de los consumidores, Pablo Gerbolés Sánchez, en conversaciones con Economist & Jurist, ha subrayado la importancia de hacer difusión de este tipo de injusticias y recuerda que “todo lo que te cobren debe estar previamente reflejado”.