Absuelto un padre de agresión a su hijo por no existir habitualidad
Absuelto un padre de agresión a su hijo por no existir habitualidad
(Imagen: Real Federación Española de Tenis de Mesa)
El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha absuelto a un padre juzgado por haber propinado «uno o dos cachetes con la mano abierta en la parte de atrás de la cabeza» a su hija. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra.
Los hechos ocurrieron el 5 de octubre de 2011, sobre las 17 horas, cuando el acusado, después de correr detrás de su hija menor de edad por una calle de Pamplona, le dio uno o dos cachetes a la niña.
La sentencia señala que «el motivo de los golpes no fue atentar contra la integridad física o psíquica de la menor sino intentar corregirla para que no saliera huyendo pues padece de esquizofrenia paranoide».
Asimismo, señala el juez que «no ha quedado acreditado en ningún momento que el recurso a la agresión sea habitual en el acusado, es decir, no estamos valorando un maltrato habitual, pues en el caso de que fuera así el contenido de esta resolución debería ser distinto por completo».
Por todo ello, concluye la sentencia que «la acción desplegada por el padre, si bien no es la ideal (mucho menos si asestó dos golpes por leves que fueran), no puede enmarcarse en sede penal con las consecuencias tan nefastas que produce esta solución especialmente a la vista de la imperativa medida de alejamiento a imponer» por aplicación necesaria del Código Penal.