Ana Caballero, presidenta del CCU señala que las “aerolíneas sancionadas por Consumo cometieron infracciones muy graves”
Es previsible que las cinco compañías sancionadas recurran a la vía contenciosa-administrativa y pidan medidas cautelares
Ana Caballero, presidente del CCU, aplaude que el Ministerio de Consumo utilice sus capacidades sancionadoras ante las grandes empresas. (Imagen: ICAM)
Ana Caballero, presidenta del CCU señala que las “aerolíneas sancionadas por Consumo cometieron infracciones muy graves”
Es previsible que las cinco compañías sancionadas recurran a la vía contenciosa-administrativa y pidan medidas cautelares
Ana Caballero, presidente del CCU, aplaude que el Ministerio de Consumo utilice sus capacidades sancionadoras ante las grandes empresas. (Imagen: ICAM)
Ana Caballero, la nueva presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) desde el pasado verano cuando relevó en el cargo a Carlos Ballugera, señala que la sanción que las cinco aerolíneas sancionadas “cometieron infracciones muy graves”, unas sanciones que, recuerda “vienen del procedimiento del 2023, cuando Bibiana Medialdea era secretaria general de Consumo”.
Ahí se hablaban de prácticas abusivas muy graves. Según comentan a E&J, las aerolíneas implicadas recurrieron en alzada a la resolución de la secretaria general de Consumo, y con la nuevas competencias de Consumo y el nuevo importe de la sanción le correspondía ministro Pablo Bustinduy, de Derechos Sociales y Consumo, que se ha hecho por Orden Ministerial.
Desde CCU, órgano de representación de las asociaciones de consumidores, “pedimos a los consumidores que hagan uso de su derecho a reclamar a través de cualquiera de estas asociaciones que hay en nuestro país como cauce para que su reclamación sea efectiva. Somos conscientes de que la sociedad es asimétrica en un entorno en el que las empresas y los consumidores tienen roces continuados, y los segundos necesitan estar protegidos de cualquier abuso que surja”, aclara Caballero.
Esta jurista revela que “nuestro posicionamiento es de celebrar que se protejan los intereses de los consumidores, hasta que no veamos la orden ministerial y la estudiemos no podremos pronunciarnos en profundidad. La multa, como ya adelantó Economist & Jurist, eran de 179 millones de euros por cinco aerolíneas de primer nivel”.
Al mismo tiempo Caballero indica que “es la primera vez que la Administración General del Estado en materia de Consumo se pronuncia en función de las competencias que le fueron otorgadas en el 2022. Esta sanción supone entre un 6% y 8% del beneficio ilícito obtenido por estas aerolíneas, que es al final la sanción ahora confirmada”.
Esta sanción agota la vía administrativa y ahora tiene la posibilidad de recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. “Es posible que soliciten una medida cautelar para no depositar la sanción hasta que la resolución sea firme”, comenta la presidenta del CCU.
De esta manera, se pone fin a la investigación iniciada por la Dirección General de Consumo en 2023 sobre unas prácticas que han sido calificadas como infracciones “muy graves” de la normativa de consumo recogidas en el artículo 47 del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (TRLGDCU).
Caballero explica en E&J que “se trata de la primera ocasión que se da firmeza a sanciones calificadas como muy graves por parte de la Administración General del Estado en el ámbito de Consumo, cuyo Ministerio adquirió competencia sancionadora en junio de 2022. Las sanciones incluyen, además, la prohibición expresa de continuar con las prácticas que han sido sancionadas.
La presidente del CCU señala que es constitutivo de infracciones muy graves “exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j); exigir el pago de un sobrecoste sobre el precio del billete por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j); también se han sancionado no permitir el pago en metálico en los aeropuertos españoles (artículo 47.1 TRLGDCU, letra ñ); por imposición de una tasa desproporcionada y abusiva a los pasajeros por la impresión de la tarjeta de embarque (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j); y por omisiones engañosas de información y falta de claridad en los precios publicados, tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas de precios a las personas consumidoras y la toma de decisión por estas (artículo 47.1 TRLGDCU, letra m)”.
Las líneas aéreas en el ojo del huracán
A lo largo de estos años las líneas aéreas han estado en el ojo del huracán. Economist & Jurist advirtió hace unas semanas la práctica llevada a cabo por las aerolíneas consistente en no atender todas las reclamaciones que les llegaban, tras recoger una denuncia de CECU a los Ministerios de Transporte y Consumo. “Ryanair ha sido sancionada varias veces por el equipaje de mano. Al mismo tiempo hay sentencias europeas, y la normativa de navegación aérea es clara que el importa del billete cubre el equipaje indispensable para el pasajero”.
Caballero indica a Economist & Jurist que la aerolínea sí que tiene derecho a establecer cuáles son las medidas y el peso de ese equipaje de mano, “pero lo que no puede hacer es cobrar. La ley es clara al respecto. Vamos a esperar a que la resolución sea firme para poder celebrarlo porque parece claro que las aerolíneas acudirán a los tribunales. Esta medida va en el entorno de protección de los consumidores, que agradecemos que Consumo tome las competencias que ya tiene sancionadoras desde hace un par de años”.
Sin embargo, la presidente del CCU advierte que “si vas a comprar billetes en cualquiera de esas aerolíneas no te van a aplicar esas condiciones y podrán seguir cobrando por el equipaje hasta que dicha resolución no sea firme. Dentro de la Orden Ministerial, además de la multa ya conocida y confirmada de 179 millones, se pone una sanción accesoria, que es que dejen de realizar estos incumplimientos. Es importante que esto se pare ya y que no lo sigan haciendo en el futuro”.
La presidenta del CCU ya indicó en su toma de posesión que “las sociedades actuales afrontan dos grandes retos: el de la sostenibilidad y el de la digitalización”. Asimismo, comentó que desde el CCU estarán “pendientes de contribuir a los avances en derechos digitales y de denunciar prácticas de greenwashing. En el tema digital nos preocupa los fraudes a los consumidores que los obligan a acudir a los tribunales para recuperar su dinero”.
A este respecto, Ana Caballero anticipa en Economist & Jurist que su entidad recibirá a los expertos del Banco de España para profundizar en nuestros protocolos de actuación que mejoren la relación, sobre todo cuando hay algún conflicto o problema entre la entidad financiera y el consumidor, y poder agilizar las reclamaciones que los propios consumidores interpongan.
Según datos del CCU, el Banco de España completó el año pasado 178 acciones supervisoras centradas en la protección del cliente bancario. Estas acciones engloban desde la petición de información a las entidades sobre determinados productos y el control de la publicidad.
Otro asunto que previsiblemente se aborde en el seno de esta entidad es el de las tarjetas revolving, donde los pronunciamientos del Banco de España no han servido para que siga habiendo miles de reclamaciones. “El gran problema es la falta de cultura financiera de los consumidores. Los ciudadanos llegamos a normalizar situaciones que no lo son. Nadie se ha parado a explicarnos que es lo que sucede en algunas interacciones con las entidades financieras”, señala Caballero.
A medio plazo contempla la posibilidad de que se haga una campaña de difusión de lo que es la CCU y su papel en la defensa de los consumidores, de cara a que la ciudadanía conozca cómo este organismo puede ayudarle como gestor de reclamaciones, muchas de ellas judicializadas al final.
La presidenta del CCU cree que habrá que estar pendiente de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del próximo 12 de diciembre, sobre IRPH que puede ayudar a resolver el problema como decía el exmagistrado del Supremo, Francisco Javier Orduña.
Asimismo, Caballero vuelve a insistir que hay tres iniciativas legislativas actualmente importantes: la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, también conocida como la Ley SAC, que inició su tramitación en 2022. No obstante, su aprobación se vio afectada por las elecciones de 2023 y en marzo de 2024, el Consejo de Ministros la aprobó y remitió al Congreso. Actualmente está en la Comisión de Derechos Sociales y Consumo, en fase de enmiendas por duodécima vez.
Junto a ella la Ley de Consumo Sostenible, que pretende acabar con el greenwashing o la gran cantidad de etiquetas y reclamos medioambientales que no son reales en productos de todo tipo, así como fomentar la reparabilidad. Esos son los objetivos de la nueva Ley de Consumo Sostenible que prepara el Gobierno y que previsiblemente pasará a audiencia pública antes de que termine 2024.
Por último, la Ley de Eficiencia de la Justicia y de Acciones Colectivas, «es una reivindicación de las asociaciones del sector”, en concreto el nuevo modelo para la representación de acciones colectivas en materia de consumo se ha caído de la Reforma de eficiencia judicial, ya que el PSOE ha aceptado retirar esta parte de la reforma ante la falta de apoyos y la exigencia de los socios en los que debe apoyarse para aprobar el proyecto. Una mala noticia para los consumidores.