Cómo proceder en caso de tener un tipo de interés referenciado al IRPH
Cómo proceder en caso de tener un tipo de interés referenciado al IRPH
- Para cambiar el tipo de interés referenciado al IRPH, los usuarios deberán hacer subrogación con novación de la hipoteca. De lo contrario, las condiciones iniciales se mantendrán.
- Declarar la nulidad de una condición general de la contratación supone que la cláusula en litigio sea nula de pleno derecho.
El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció a favor de los consumidores el pasado martes 10 de septiembre con respecto a la situación de las hipotecas referenciadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Los usuarios que hayan contratado una hipoteca con este tipo de interés podrán cambiar de entidad y así las condiciones. “Los consumidores deberán hacer una subrogación con novación de la hipoteca”, explica Estel Romero, abogada de Sanahuja Mirana. Al cambiar de entidad es importante novar el préstamo, porque si solamente se firma una subrogación de acreedor se mantendrán las condiciones iniciales.
La declaración de nulidad de una condición general de la contratación conlleva que la cláusula en litigio sea nula en pleno derecho, por lo tanto, aun habiendo subrogado y novado la hipoteca, la posibilidad de reclamar ante los tribunales está vigente por parte de los consumidores. Si el juzgado actúa de forma restrictiva, el plazo del que se dispondrá para reclamar al banco anterior será de 4 años.
“Los consumidores que quieran cancelar la hipoteca referenciada al IRPH, podrán hacerlo mediante una subrogación con novación o por medio de una nueva hipoteca con otra entidad financiera. En ambos casos, deberán tener en cuenta el plazo de prescripción de la acción que comienza a regir al día siguiente de la cancelación de la hipoteca con IRPH. Por eso, se deberá romper la prescripción antes del plazo restrictivo de 4 años siempre y cuando no se interponga la demanda”, añade Estel Romero, abogada de Sanahuja Miranda.
Tanto si se procede a la subrogación con novación como a cancelar el préstamo con IRPH y suscribir uno nuevo con Euribor, “los consumidores deberán tener en cuenta los costes de esta nueva operación y hacer balance con el coste de pagar más intereses si esperan a la sentencia del TJUE, para tomar la decisión más adecuada para su caso” -advierte la abogada-.
Sobre Sanahuja & Miranda
Sanahuja Miranda es un reconocido despacho de abogados fundado en 1980. Cuenta con más de 38 años de experiencia y un equipo de 60 empleados de los que más de 45 son profesionales cualificados, abogados y economistas especializados en todas las áreas precisas para el asesoramiento integral a particulares y empresas, y se ha posicionado como un despacho de referencia.
En particular, cuentan con capacidad y gran experiencia en asuntos relacionados con derecho bancario y abusos y malas prácticas bancarias, contratos de compraventa, ejecución de avales de cantidades anticipadas para la adquisición de bienes inmuebles en construcción (Ley 57/1968), responsabilidades de los diferentes agentes de la construcción, así como del promotor y constructor, y defensa de ejecuciones hipotecarias, seguros de vida, entre otras.