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Con la reciente STSJ de Madrid, se posibilita demandar a la administración pública por la “eterna” espera en las concesiones de licencias

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Con la reciente STSJ de Madrid, se posibilita demandar a la administración pública por la “eterna” espera en las concesiones de licencias



El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha declarado la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública por no haber concedido un permiso de obra. Fundamentándose en que ha sido injustificada la demora de 4 años en otorgar la licencia en cuestión.

La Administración utilizó la escusa de que no existió conformidad entre los vecinos porque estaban en contra del inmueble que se iba a construir. Ante ello el Tribunal manifiesta que “La presión vecinal ni es Ley ni es Derecho”, y que, la concesión de dichas obras sigue una parámetros legales que no deben verse influencias por las opiniones o presiones de los vecinos.



La constructora harta de esperar casi 4 años, solicitó el certificado de acto presunto, ya que, con él se acredita el silencio administrativo y que éste debe ser expedido por la propia Administración.



En este supuesto, al existir una demora injustificada para su otorgamiento, se podrá considerar que ha existido un funcionamiento anormal de la Administración. Y que, conforme a los principios de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, si existe un daño económico por dicho mal funcionamiento, la administración deberá indemnizarlo.

La sentencia, en este caso, también manifiesta que, a pesar de haberse otorgado el permiso por silencio de la administración, esto no impide que la constructora pueda reclamar por el daño que le ha ocasionado su pasividad.



Así, se puede determinar que con esta sentencia, se posibilita que se aumenten las demandas contra la administración publica por la “eterna” espera en las concesiones de licencias ya que es una práctica muy extendida en España.

Se puede acceder aquí a la sentencia.

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