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Derecho Penal

Condenado a prisión por exaltar el terrorismo yihadista

Un profesor de Corán usaba la red social Facebook para fomentar el odio hacia colectivos religiosos y LGTBI

Foto Reuters

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Derecho Penal

Condenado a prisión por exaltar el terrorismo yihadista

Un profesor de Corán usaba la red social Facebook para fomentar el odio hacia colectivos religiosos y LGTBI

Foto Reuters



La exaltación del terrorismo yihadista y la difusión de mensajes de odio hacia colectivos en las redes sociales le ha costado a un profesor de Corán una condena de dos años de prisión y una multa económica de 1.080 euros.



La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, presidida por Dª Mª Carmen Melero Villacañas-Lagranja, le ha culpabilizado como autor de delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución, previsto y penado en el artículo 510.1 a), 3 y 5 del Código Penal (CP).



Art.510.1 a): «Serán castigados con un pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad.»

Un profesor de Corán usaba la red social Facebook para fomentar el odio y realzar la figura de los «mártires» (Foto: Euronews)



Conforme a lo estipulado en el artículo 510.5 del CP, el condenado no podrá en los próximos cinco años ejercer oficio educativo en el ámbito docente, deportivo o de tiempo libre. Lo que sí que le está permitido es enseñar el idioma árabe aunque deberá hacerlo de manera gratuita, sin cobrar nada por ello.

Incitación al odio

Los hechos sucedieron entre los años 2014 y 2021. Durante este periodo, el educador publicó a través de distintos perfiles de Facebook textos en los que exaltaba el odio hacia otros colectivos religiosos y negaba la existencia de atentados como el del 11-S, alegando que fue un montaje para culpabilizar al grupo terrorista de ello. También animaba a otras personas a que se unieran a la lucha de la Yihad e imitarán las acciones llevadas a cabo por los “mártires”.

El colectivo LGTBI también fue criticado y atacado por esta persona en la red social de Facebook, calificándolos como “desviados de la humanidad”. Por todo ello, la Sala ha llegado a la conclusión de que, con esos mensajes, el acusado pretendía crear un ambiente de hostilidad y de animadversión hacia colectivos como el LGTBI, los cristianos, los judíos y los chiítas.

Con esos mensajes el acusado pretendía crear un ambiente de hostilidad y de animadversión (Foto: El Tiempo de Gracia)

El acusado animaba a sus seguidores a unirse a la lucha terrorista con manifestaciones como “Palestina volverá a nosotros”, refiriéndose al “denigrante hecho de llamar terrorista a Hamas”, negando los atentados del 11-S o llamando “mártir” a quien provocó la muerte de varios colonos. También se dice “el Islam no puede ser fuerte si no es con la bandera de la yihad ondeante en lo alto”, señala el Tribunal.

Por estos motivos y tras una investigación llevada a cabo por la Brigada Local de Información de la Comisaría de Torrent del Cuerpo Nacional de la Policía, el Ministerio Fiscal interpuso una demanda contra el acusado quien, finalmente ha sido condenado como culpable de los delitos ya mencionados anteriormente.

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