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Noticias Jurídicas

¿Cuál es la postura de la abogacía frente a la prisión permanente revisable?

Economist & Jurist se auxilia una vez más de sus lectores bajo la única intención de conocer la postura de la abogacía frente a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que avala la constitucionalidad de la prisión permanente revisable

(Imagen: Economist & Jurist)

Tiempo de lectura: 2 min

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¿Cuál es la postura de la abogacía frente a la prisión permanente revisable?

Economist & Jurist se auxilia una vez más de sus lectores bajo la única intención de conocer la postura de la abogacía frente a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que avala la constitucionalidad de la prisión permanente revisable

(Imagen: Economist & Jurist)



El pasado 6 de octubre, el Pleno del Tribunal Constitucional declaró, por mayoría (seis votos frente a tres), que la modificación del Código Penal efectuada en marzo de 2015 y que introdujo la prisión permanente revisable (PPR) es conforme a la Constitución Española.

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal Encarnación Roca, toma en consideración pronunciamientos precedentes del propio TC, así como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que consideran la revisabilidad de la pena como factor determinante de su legitimidad.



Después de que se admitiera a trámite el recurso de amparo en julio de 2015, el máximo tribunal de garantías avala ahora el aludido castigo de extrema dureza previsto en nuestro ordenamiento y respalda la medida punitiva aprobada por el Partido Popular con mayoría absoluta (y en solitario) en el año 2015.



Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional. (Foto: Eduardo Parra/Europa Press)

No obstante, la sentencia, con gran trascendencia jurídica y política, cuenta con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido, y María Luisa Balaguer.



La Abogacía se posiciona

¿Muestra conformidad con la aplicación de la PPR? ¿Cree que la PPR es útil para evitar la comisión de delitos graves? ¿Confía en la función reinsertativa del sistema penitenciario? ¿Cree que la PPR es un tipo penal anticonstitucional? ¿Considera que hay delitos no subsanables que lleven aparejados penas permanentes de prisión?

Bajo el anterior guion, E&J te invita a participar en una nueva encuesta compuesta por diez preguntas, nueve de carácter cerrado y una última en la que ofrecemos al participante a aportar, si lo desea, su valoración sobre la repetida y reciente sentencia del TC sobre la no inconstitucionalidad de la PPR.

Anticipándote que su respuesta anónima únicamente te supondrá un par de minutos, E&J considera de interés conocer de primera mano cuál es la postura de la abogacía frente a la aplicación excepcional de la PPR. Por último, tanto es así, que resulta oportuno recordar que desde que se aprobase tal medida punitiva en el Congreso de los Diputados en marzo del 2015, solo se ha aplicado en 24 ocasiones.

Clica aquí para acceder a la encuesta
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