¿Cuándo es vinculante la petición de las partes para que esté presente el Secretario?
¿Cuándo es vinculante la petición de las partes para que esté presente el Secretario?
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
Como sabemos, una vez que entre en vigor la nueva oficina judicial (el próximo 5 de mayo), la regla general que impone la LEC en el artículo 147 es que el secretario no tiene que estar presente en las vistas, salvo que lo considere necesario en atención a determinadas circunstancias, también excepcionales, o lo pidan las partes. En este último supuesto, la petición de las partes será vinculante sólo cuando la solicitud la realicen todas las partes.