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Desde hoy y hasta el próximo 30 de abril se deben declarar las cuentas y bienes en el extranjero

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Desde hoy y hasta el próximo 30 de abril se deben declarar las cuentas y bienes en el extranjero

Javier Fernández-Lasquetty recuerda que la Comisión Europea y el Parlamento, amén de otros organismos, estarán pendientes de la aplicación del Reglamento de IA. (Imagen: Elzaburu)



A partir de ahora si la Agencia Tributaria descubre que un contribuyente no ha informado de una cuenta en el extranjero, imputará ese bien como ganancia patrimonial en el IRPF, con lo que tributará al tipo marginal en cuestión, que puede llegar al 52%.

Además, aunque esta cuenta se hubiera abierto en el año 2000 y, por tanto, el fraude fiscal se hubiera cometido en un ejercicio fiscal ya prescrito, no se considerará como tal y se girará la declaración y la sanción correspondiente al último periodo impositivo que no haya prescrito.



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