El avance de la cuenta de pago básica entre los colectivos vulnerables, frenado por una confusa normativa
La mala praxis de las entidades bancarias complica el avance de este tipo de cuentas a las personas más necesitadas
(Foto: E&J)
El avance de la cuenta de pago básica entre los colectivos vulnerables, frenado por una confusa normativa
La mala praxis de las entidades bancarias complica el avance de este tipo de cuentas a las personas más necesitadas
(Foto: E&J)
La prevención de blanqueo de capitales o el entramado burocrático que rodea la situación de migrantes y refugiados que, además, complica la entrega de documentación, chocan a menudo con el cumplimiento del derecho de estos colectivos a estar bancarizados en España.
El avance de la cuenta de pago básica se ve frenado por una normativa confusa y que, a menudo, choca entre sí, así como por una mala praxis por parte de las entidades bancarias según concluye el estudio Acceso a las cuentas básicas, propuestas de mejora presentado el 5 de octubre de 2023 por María Molina, Policy Officer de ASUFIN, en la jornada Materializando el Derecho a la inclusión financiera de las personas migrantes y refugiadas.
Con este acto, hasta 11 organizaciones de la sociedad civil y asociaciones de consumidores (Andalucía Acoge, Asociación Rumiñahui, ASUFIN, CEAR, CECU, CONVIVE – Fundación Cepaim, Fundación APIP-ACAM, Fundación Isadora Duncan, MPDL, Provivienda, Red Acoge) han hecho visible la problemática de la cuenta básica entre los colectivos más vulnerables.
En concreto, el estudio identifica que uno de los principales problemas reside, precisamente, en una normativa que dificulta el desarrollo de la cuenta de pago básica. Según explicó Molina, con este encuentro “hemos querido hacer visible la problemática de la cuenta básica entre los colectivos más vulnerables”.
Así pues, indicó que la normativa de prevención de blanqueo de capitales es “uno de los principales motivos que la industria bancaria alega frente al derecho a la apertura y mantenimiento de la cuenta de pago básica”. El cumplimiento de la misma lleva al cierre de muchas cuentas, es decir, la población se encuentra con que una norma “colisiona” con un “derecho básico”.
Frente a esta situación, se insta a que las entidades apliquen estas exigencias “de manera flexible y razonable en función del perfil de riesgo”, tal y como ya indica la propia regulación. Y que atiendan al criterio ya manifestado por el Banco de España, en su memoria de reclamaciones de 2021, al pedir “un juicio de proporcionalidad en el que se ponderen los diferentes intereses en juego”.
O lo que es lo mismo, “evitar que conductas u omisiones con una relevancia mínima de cara a la prevención del blanqueo de capitales puedan suponer la imposición de medidas restrictivas muy gravosas para los interesados, sean éstos individualmente considerados o por mera pertenencia a un colectivo determinado”. Desde la asociación, se propone que esta indicación del regulador se convierta en medidas concretas de obligado cumplimiento.
Otro freno lo constituye el entramado burocrático de las personas migrantes y refugiadas y que, a menudo, hace imposible la apertura de una cuenta bancaria, un elemento que marca la diferencia entre cobrar un salario o prestaciones que permitan la supervivencia de estos colectivos.
La propuesta en este estudio es que se permita a las entidades sin ánimo de lucro, que forman parte del Sistema Nacional de acogida solicitantes y beneficiarios de protección internacional, así como a otras entidades del Tercer Sector, a emitir certificados de riesgo de exclusión financiera para contribuir a la agilización en la apertura de estas cuentas.
Obligación del reporte por escrito
En el terreno de la mala praxis, es indudable que “las entidades tendrían que reportar periódicamente por escrito las solicitudes de denegación de la cuenta de pago básica” de modo que se pueda saber cuáles resultan denegadas y cuántas acaban en apertura de un producto diferente.
Yendo más allá, esta entidad ve necesario “incorporar la posibilidad de solicitar por escrito la apertura de una cuenta de pago básica, obligando a la entidad a entregar copia sellada al solicitante”. Un documento que permitiría contabilizar las solicitudes reales y obligaría a la entidad a responder y resolver, en tiempo y forma.
Por otro lado, se ha detectado que existe “un grave incumplimiento por parte de las entidades cuando aparecen casos en los que se obliga al cliente a contratar algún producto vinculado a la apertura de la cuenta básica”, lo que supone una “vulneración directa de la norma que difícilmente puede justificarse por desconocimiento de la red”.
Aunque sean casos aislados, el estudio también advierte que: “es difícil dimensionar el problema, ya que no queda constancia en caso de que el cliente decida, por este motivo, no abrir la cuenta, lo que dificulta la posible reclamación”.
Las entidades deben, en líneas generales, reforzar el conocimiento de la ley que regula la cuenta de pago básica entre todos los empleados y gestores de la red para eliminar, minimizar y perseguir las malas prácticas en la comercialización.
La cuenta de pago básica no está entre las primeras opciones que ofrecen los bancos a los clientes. Así lo asegura otro informe del mystery shopping llevado a cabo por ASUFIN para analizar el proceso de contratación de este producto.
Según el estudio, solo a un 14,90% de los clientes que quisieron abrir una cuenta corriente, sin mencionar una situación de vulnerabilidad económica, se le ofreció este producto, a pesar de estar dirigido a todos los clientes.
Dentro de este 14,90% de los clientes a los que se le ofreció este tipo de cuenta, solo a un 2,10% se le dio a conocer como primera opción, a un 4,30% como segunda y el restante 8,50% en tercera opción. A un 85,10% en cambio, no se le ofreció en ningún momento.
En el caso de indicar una vulnerabilidad económica, ASUFIN señala que la situación cambia de forma importante y que sí se ofrece como alternativa la cuenta básica a un 80,90% de los casos. Sin embargo, la asociación considera «relevante» que, a pesar de indicar claramente ser clientes con escasos ingresos, en un 19,10% de los casos se derive a cuentas de pago.
Ahondando en esta cuestión, desde esta entidad se señala que, en más de la mitad de las ocasiones, es decir, en un 57,40% de los casos, los bancos ofrecen antes una cuenta con «peores condiciones» que la cuenta de pago básica. Este porcentaje asciende al 66% en el caso de los jóvenes, al 63% en el caso del colectivo inmigrante, y al 53%, en el de los trabajadores del hogar.
También se indica que la cuenta de pago básica es un tipo de cuenta bancaria que busca conseguir la inclusión financiera proporcionando los servicios bancarios básicos y con un coste limitado, de un máximo de 3 euros mensuales, que son gratuitas para personas en situación de vulnerabilidad.
En un momento de subida de costes de vida y financieros, el estudio considera que es «importante» que las entidades financieras «aumenten su celo para hacer llegar más y mejor un producto que, con sus limitaciones, especialmente la obligación que sea la única cuenta abierta por el cliente, permita escapar de la exclusión financiera»
El Banco de España pide que se informe
Recientemente el Banco de España apremiaba a la banca a informar sobre las cuentas de pago básicas gratuitas. Dentro de su ejercicio de supervisión, tras visitar 152 oficinas bancarias de 12 entidades durante los dos últimos meses de 2021, el Banco de España ha detectado la necesidad de «mejora en la información ofrecida sobre la gratuidad de la cuenta de pago básica» para colectivos vulnerables o en riesgo de exclusión financiera.
El supervisor considera que las entidades no ofrecen toda información que deben proporcionar a los clientes potencialmente beneficiarios de este tipo de cuentas que tienen un coste mínimo y con las que la operativa básica no conlleva comisiones.
A este respecto, Fernando Tejada, director de conducta del Banco España, presente en esta jornada, indicó que: “hemos recibido 150 reclamaciones en 6 años sobre #cuentabasica; como principales problemas nos encontramos el blanqueo de capitales y la imposibilidad de recualificar una cuenta ordinaria como básica».
También comentó que: «somos accesibles e invitamos a las organizaciones del tercer sector a emitir sus denuncias. Estamos detrás de las entidades para que mejoren la comercialización de estas cuentas».
Por su parte, César Díaz, director jurídico de CECU, comento que, en el tema de las reclamaciones por #cuentabasica, las denegaciones tienen que ser por escrito. “La normativa que regula estas cuentas bancarias es bastante clara, pero se incumple sistemáticamente por las entidades financieras”.
También apunto que: “la cuenta de pago básica es un derecho universal que toca muy de cerca con los derechos humanos. Sin ella no es posible acceder a un alquiler, contratar un suministro, recibir ayudas o cobrar un salario. En el caso de cualquier modificación se puede reclamar al propio banco y con posterioridad al mismo Banco de España”.
Riesgo de exclusión financiera
Hay que recordar que, en 2014, se publicaba una directiva comunitaria que reconocía un derecho fundamental a las personas residentes en el territorio de la Unión Europea: el de acceder a los servicios bancarios básicos a través de un producto específico con características reguladas y que, además, se debería ofrecer por parte de las entidades de pago de manera obligatoria.
Por tanto, otorgaba un derecho con vocación de universalidad, entendiendo que los servicios bancarios resultan esenciales para el desarrollo económico, social y material de la vida de todas las personas y que debe garantizárseles el acceso a los mismos con independencia de su situación.
Asimismo, establecía la forma en que este derecho debe facilitarse incorporando a la oferta de las entidades un producto libre de las condiciones de mercado, cuyas características, en cuanto a la tipología de servicios y a las posibles comisiones asociadas, están tasadas.
Sin embargo, casi diez años después, la realidad nos muestra que, aunque la claridad con que el marco normativo asociado reconoce este derecho, su importancia y su universalidad y, a pesar de que las condiciones de las cuentas de pago básicas están reguladas, existen en España colectivos que resultan en riesgo de exclusión financiera.
Para los colectivos participantes en esta jornada, es necesario hacer el esfuerzo de comprender la diferente casuística para conocer las razones que provocan esta exclusión, así como las posibles soluciones que, entre otras, pasarán por una mejora de algunos aspectos de la regulación.
Sin embargo, consideran que, en otros casos, bastará con la mejor articulación de las obligaciones, así como de la formación de los actores implicados, es decir, las entidades bancarias, para dar correcto cumplimiento a la regulación que, en la actualidad, provoca que este derecho se vea conculcado.