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El Constitucional se opone a que se celebre nuevo juicio oral contra Otegi y otros acusados del «Caso Bateragune»

El auto explica que la suspensión cautelar se adopta para evitar que el recurso de amparo pierda su finalidad

Arnaldo Otegi (Foto: EH Bildu)

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El Constitucional se opone a que se celebre nuevo juicio oral contra Otegi y otros acusados del «Caso Bateragune»

El auto explica que la suspensión cautelar se adopta para evitar que el recurso de amparo pierda su finalidad

Arnaldo Otegi (Foto: EH Bildu)



El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, en el recurso de amparo núm. 645-2021, la suspensión cautelar de la parte dispositiva de la sentencia núm. 692/2020, de 15 de diciembre de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que ordena celebrar un nuevo juicio contra los demandantes de amparo, por un tribunal de la Sala Penal de la Audiencia Nacional que esté compuesto por magistrados diferentes de quienes dictaron la sentencia por la que aquellos resultaron condenados en el año 2011.

Los demandantes fundan la lesión del derecho fundamental reconocido en el art. 24.1 CE, en el hecho, en sí mismo considerado, de que la resolución recurrida acuerda la celebración de un nuevo juicio oral. Por ello, el auto explica que la suspensión cautelar se adopta para evitar que el recurso de amparo pierda su finalidad, porque si el juicio oral se celebrara con anterioridad a la resolución del referido recurso, “su eventual estimación sería meramente ilusoria y nominal, al haberse materializado previamente el acto al que precisamente se le atribuye la potencialidad lesiva”. Por otro lado, no se constata que la adopción de esta medida cautelar pueda producir perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, o de los derechos fundamentales o libertades públicas de un tercero.
2021-645ATC



La resolución judicial ha sido conocida justo en un momento de especial tensión entre los presos de ETA, el Gobierno y determinadas fuerzas de la oposición, enfrentadas sobre la cesión de competencias a las autonomías en materia penitenciaria.



Tribunal Constitucional (Foto. TC)

Traslado de los presos de ETA

El décimo aniversario del cese en la lucha armada de la banda terrorista ETA estuvo marcado por la declaración de Pedro Sánchez en el Parlamento. Recientemente, el presidente aseguró que no pactaría ni el traslado ni la puesta en libertad de presos etarras para conseguir el apoyo de Bildu en los Presupuestos.



A este respecto, hay que señalar que la puesta en libertad se conseguiría mediante una rebaja del grado de clasificación de los reos al tercer grado, o mediante el acceso de los mismos a la libertad condicional.

Por su parte, el traslado de un preso no se concibe como un permiso penitenciario. La competencia exclusiva para decidir el destino de los reclusos en los distintos establecimientos penitenciarios del Estado la ostenta el Centro Directivo. Se trata de un órgano administrativo dependiente del Ministerio de Interior.

Manifestación en favor de presos de ETA (Foto: El Comercio)

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