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El control poblacional de lobos es llevado al Supremo

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El control poblacional de lobos es llevado al Supremo



Ecologistas en Acción recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia del TSJ de Cantabria del pasado 17 de abril que da la razón al Gobierno regional al validar los controles poblacionales de lobos llevados a cabo en la región desde el año 2015, que para el colectivo ecologista son «matanzas».

La sentencia, firmada por dos magistradas de la Sala de lo Contencioso Administrativo, desestima el recurso presentado por esta asociación pero tiene un voto particular del presidente de la Sala, Rafael Losada, que discrepa del fallo.



EA denunció que los lobos se matan en Cantabria por cazadores, guardas y personal no especializado (con el visto bueno de la Dirección General de Medio Natural) de forma «no selectiva y clandestina, es decir, sin pasar el trámite de información pública establecido por ley, y además de forma sistemática, sin la justificación técnica ni científica necesaria, matando con arma de fuego cualquier ejemplar, ya sea hembras preñadas o cachorros», lo que a su entender «vulnera toda normativa medioambiental, tanto europea como nacional».



También denunció que se utiliza para ello artefactos explosivos, método de caza específicamente prohibido por ley, y que se cazan lobos todos los meses del año, incluyendo la primavera y verano, que es época de reproducción y cría de especies de fauna silvestre, «como los lobos matados recientemente en Campoo o Cabuérniga», señala EA en un comunicado de prensa, «siendo el lobo, por tanto, la única especie en Cantabria que no tiene época de veda».

«La sentencia no entra en el fondo jurídico; y se limita a afirmar que en la gestión del lobo en Cantabria no existe riesgo medioambiental alguno, por ser una cuestión de caza y, que, en ese proceso, esta asociación ecologista no tiene legitimación para presentar el recurso, por estar fuera de la materia de protección medioambiental. Como si las cuestiones relacionadas con la caza no repercutieran sobre el medio ambiente», se queja EA.



Añade que la sentencia acepta como bueno un informe del Gobierno de Cantabria que asegura que la población del lobo en Cantabria está «en expansión» y que las actuaciones sobre dicha especie, que tiene carácter cinegético, se deben analizar con arreglo a la ley de caza, y por lo tanto no es una especie protegida.

Sin embargo, dicha argumentación contrasta con el voto particular del presidente de la Sala, que considera que la asociación ecologista cumple en este caso los requisitos «como asociación habilitada para la defensa de los intereses colectivos medioambientales», ya que «la actividad de la caza está relacionada directamente con la conservación de la naturaleza y la diversidad biológica».

El presidente de la Sala considera que ha de ser estimado el recurso contencioso administrativo pues ninguna de las autorizaciones extraordinarias obrantes en el expediente administrativo justifica los daños causados por la especie, ni incorpora informe técnico adecuado y suficiente que se exige para autorizar el control poblacional del lobo ibérico

Ecologistas en Acción presentó la denuncia por un total de 484 autorizaciones administrativas dictadas en 36 meses (de enero de 2015 a junio de 2017) para el «control letal» del lobo ibéricomediante arma de fuego, señalando que «carecían de la necesaria motivación por su redacción estereotipada y repetitiva, individualizándose sólo los datos de cada comarca y zona de actuación, sin referencia a los daños causados previamente a la ganadería, o acogiéndose a la conflictividad social de forma genérica, sin mencionar las circunstancias de riesgo para la supervivencia del lobo ibérico en Cantabria».

El mismo magistrado concluye que, según la legislación medioambiental vigente, la población de lobo al Norte del río Duero «debe ser sometida a medidas de gestión que no siempre implican su caza».

«El control de ejemplares debería ser una herramienta más para conseguir los objetivos y nunca como un fin en sí mismo (como parece haber ocurrido -dice- durante estos años en Cantabria), formando parte de un conjunto de medidas que van desde la compensación de perjuicios causados en las explotaciones ganaderas, aplicación de medidas preventivas de los daños, reconocimiento de los servicios ambientales que presta la ganadería extensiva y el fomento de un cambio en la percepción del lobo por parte del conjunto de la ciudadanía que minimice el conflicto social y elimine la crispación del escenario de gestión de la especie», dice textualmente el voto particular de Losada, consultado por Europa Press.

Ecologistas en Acción recuerda que viene denunciando la «falta total de transparencia» de este Gobierno, pues ha solicitado reiteradas veces tener acceso a las autorizaciones de control poblacional del lobo ibérico «y solamente lo ha conseguido a través de orden judicial». El presidente de la Sala de lo Contencioso señala en el voto particular que «del contenido de las resoluciones administrativas que forman parte del expediente administrativo, se deriva que no contienen un informe técnico adecuado y motivado sobre el control letal del lobo, ni siquiera una especificación suficiente de los daños que en ese caso hayan podido causar que justifiquen su muerte; tampoco ha existido un plan técnico para poder efectuar dicho control poblacional».

Por todo ello, Ecologistas en Acción Cantabria ha decidido continuar con dicho procedimiento judicial y ya ha anunciado recurso ante el Tribunal Supremo, solicitando que dicte una sentencia en consonancia con el voto particular del presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Cantabria «y sean declarados nulas todas las autorizaciones administrativas que permiten la muerte indiscriminada de lobos» en esta Comunidad Autónoma.

«Sin embargo, el daño medioambiental ya estará hecho, pues los lobos ya estarán muertos«, apostilla el colectivo ecologista, que también anuncia que continuará con la campaña por la descatalogación del lobo como especie cinegética en Cantabria, y por su inclusión en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

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