El escenario de riesgos se agrava con el nuevo Código Penal
El escenario de riesgos se agrava con el nuevo Código Penal
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
En respuesta a la honda preocupación que suscitan los cambios que el nuevo Código Penal introduce para el funcionamiento de las sociedades mercantiles, Marsh y Gómez-Acebo & Pombo han llevado a cabo la Jornada «Nuevo Código Penal. Riesgos y soluciones para la empresa», a la que han asistido más de un centenar de personas vinculadas al sector empresarial.
La reciente reforma del Código Penal, que entró en vigor el pasado 23 de diciembre, modifica más de un centenar de artículos del texto e incluye aspectos novedosos como los nuevos tipos penales, las nuevas modalidades de fraude, la modificación de los delitos urbanísticos y medioambientales, la tipificación de figuras como el mobbing laboral y la posibilidad de condenar penalmente a las personas jurídicas por conductas de sus directivos y empleados; no sólo por la de sus administradores.
Para identificar los nuevos riesgos y las soluciones que existen, desde la revisión y adecuación de los programas de seguros que pueden contratarse, hasta el diseño, implementación y ejecución de un Programa de Prevención de Imputaciones Penales para evitar o reducir estos riesgos, el encuentro ha contado con la participación de Francisco Peña, socio responsable del Área de Procesal de Gómez-Acebo & Pombo; Pedro Castro, managing director de Marsh España; Fernando Claro, gerente de Riesgos Financieros y Profesionales de Marsh España y Carlos Saiz, fiscal excedente y socio del Área de Penal de Gómez-Acebo & Pombo.
El fiscal excedente y socio del Área de Penal de Gómez-Acebo & Pombo, Carlos Saiz, detalló que «la responsabilidad se alcanza por una doble vía; en primer lugar, por delitos cometidos por administradores o responsables de la empresa, así como por los delitos cometidos por todos aquellos que están sometidos a su autoridad, siempre que sobre ellos no se haya ejercido el control adecuado. Esta última vía de responsabilidad es la más preocupante porque es una responsabilidad por no vigilar; por negligencia que puede ser más difícil de atajar o limitar por parte de las compañías».
El socio de Gómez-Acebo & Pombo destacó, además, que «la responsabilidad de la persona jurídica no se extingue aunque el autor material del delito no se haya identificado o esté prófugo de la justicia, haya fallecido o le alcance alguna causa que le haga exento de la responsabilidad. En estos casos, la persona jurídica sigue respondiendo.» Saiz afirmó que «la responsabilidad penal no se liquida si se monta otra nueva sociedad o se realicen fusiones o adquisiciones, ya que la responsabilidad penal se deriva a la sociedad resultante».
«Ninguna multa penal es asegurable y, obviamente, el dolo está excluido de cualquier cobertura» advirtió Fernando Claro, especialista en riesgos Financieros y Profesionales y gerente de Marsh, «pero estamos trabajando con los mercados aseguradores para dar la máxima respuesta posible a los retos que plantea esta nueva reforma del Código Penal».
A diferencia de otros países de nuestro entorno, en los que la reforma se ha introducido sin cambios en el diseño de los seguros (como en Gran Bretaña, Italia o Alemania), en España sí se están investigando fórmulas para adaptar las pólizas existentes a la nueva situación, sobre todo en cuanto a la modificación del capítulo de Gastos de Defensa en las pólizas de D&O (Consejeros y Directivos).
«Con el diseño empleado hasta ahora, la póliza de Consejeros y Directivos puede cubrir tanto a personas físicas como a jurídicas, aunque únicamente para determinadas coberturas. Sin embargo, al compartir el límite a indemnizar, en caso de que una reclamación afecte a ambas, una de las dos partes podría quedarse sin cobertura de defensa jurídica en el peor momento», explicó el gerente de Marsh. «Es necesario revisar las coberturas contratadas y la redacción de los condicionados para evitar sorpresas».
Además, el nuevo código plantea otros retos a los mercados aseguradores, ya que «tanto las pólizas de RC Medioambiental, como las de Prácticas de Empleo o Salidas a Bolsa pueden darse conflictos de intereses».
«Es fundamental que las empresas recurran a especialistas para identificar cuáles son ahora sus riesgos, cómo se han acentuado, y qué perjuicios económicos son asegurables», recomendó Fernando Claro.