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Noticias Jurídicas

El juez Peinado pone la lupa sobre las cuentas bancarias de Begoña Gómez tras recibir una lista de información «incompleta»

Expertos en tributario y penal señalan en 'E&J' las posibles responsabilidades a las que se enfrentaría la investigada

La esposa del presidente del Gobierno está vinculada a 11 cuentas bancarias, en las cuales hay un saldo total de apenas 40 euros. (Diseño: Mireia Vericat/ E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 9 min

Publicado




Noticias Jurídicas

El juez Peinado pone la lupa sobre las cuentas bancarias de Begoña Gómez tras recibir una lista de información «incompleta»

Expertos en tributario y penal señalan en 'E&J' las posibles responsabilidades a las que se enfrentaría la investigada

La esposa del presidente del Gobierno está vinculada a 11 cuentas bancarias, en las cuales hay un saldo total de apenas 40 euros. (Diseño: Mireia Vericat/ E&J)



En el marco de la investigación judicial abierta contra Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida e intrusismo profesional, la última noticia que se conoce —después de que el juez Juan Carlos Peinado ordenara el pasado 19 de noviembre a la policía judicial consultar la numeración de las cuentas corrientes en las que figurase como titular la esposa del presidente del Gobierno—, es que el saldo total de las cuentas bancarias en las que la investigada está vinculada es de 40,25 euros.

De las 11 cuentas bancarias vinculadas a Begoña Gómez desde el 1 de diciembre de 2019 hasta el 18 de noviembre de 2024, la investigada aparece como titular en cinco de ellas, como representante en cuatro, y como autorizada en dos. Y, de las 11 cuentas, en las únicas en la que se refleja algún saldo es en dos en las que figura como titular: una con 40,10 euros, y otra con 0,15 euros.



Esa lista “incompleta” de información bancaria —así ha sido calificada la misma por el Punto Neutro Judicial—, facilitada al juez Peinado, plantea una serie de incógnitas, pues extraña cuando menos que la pareja del presidente del Gobierno disponga de un saldo 40 euros.



Sin embargo, según ha dado a conocer La Razón, que ha tenido acceso al sumario del caso de Begoña Gómez, “los pagos que le hacía la Complutense como retribuciones por su dirección de los dos posgrados se realizaban a depósitos bancarios cuyo IBAN no corresponde con ninguno de los que la esposa del presidente del Gobierno tiene a su nombre”.

Expertos tributarios y penalistas consultados por Economist & Jurist explican las posibles responsabilidades tributarias y penales a las que se podría enfrentar la mujer del presidente en caso de que se averigüe que está vinculada a otras cuentas bancarias que no aparecen en el listado facilitado al juez Peinado.



El periódico ‘La Razón’ asegura que la cuenta de IBAN a la que la Universidad Complutense hacia los pagos a Gómez no corresponde con ninguna a su nombre. (Imagen: RTVE)

Tener 40 euros en la cuenta puede señalar la existencia de testaferros

Berta Viqueira, directora del área Penal-Económico de Ceca Magán Abogados, señala que hay que distinguir dos posibles supuestos en esta situación: “Una cosa es que la investigada tenga otras cuentas bancarias que desconoce el juez y en las que ha podido recibir dinero relacionado con su actividad profesional, declarando dicha cantidad a Hacienda; y otra cosa es que no haya declarado ese dinero”.

La experta afirma que “el simple hecho de que la investigada tenga unas cuentas que desconoce el juez Peinado no es lo mismo que tenga cuentas ocultas a la Agencia Tributaria o que las tengas ocultas en general, por ejemplo a través de testaferros”. Viqueira aclara que en el primer caso, no podría hablarse de un delito fiscal, ni siquiera de una responsabilidad fiscal, siempre y cuando haya realizado todas las declaraciones correspondientes sobre esas cantidades; mientras que en el segundo supuesto ya sí que se podría hablar de un delito de blanqueo de capitales.

Berta Viqueira cree que “a lo mejor, al tener Gómez una cantidad muy baja en sus cuentas, puede levantar sospechas en el juez de que tuviera testaferros”. (Imagen: Ceca Magán Abogados)

Respecto a las posibles consecuencias penales a las que se podría enfrentar la investigada si se demostrase que tiene otras cuentas bancarias y que no ha declarado o no ha tributado el dinero que hay en ellas, para poder hablar de un posible delito penal la experta aclara que habría que tener en cuenta “las cantidades que no hubiera tributado porque no toda evasión fiscal conlleva un delito, siempre y cuando la cuota defraudada sea superior a 120.000 euros estaríamos hablando de delito, sino sería una infracción administrativa”.

Asimismo Viquiera afirma que Begoña Gómez al tener el papel de investigada tiene derecho a no declarar contra sí misma, y por tanto, no tiene por qué facilitar al juez todas las cuentas bancarias con las que tenga alguna vinculación. Por ello, el siguiente movimiento que debería hacer el juez Peinado para corroborar si hay más cuentas que no le han sido facilitadas es “solicitar a todas las entidades bancarias aquellas cuentas que sean titularidad de Begoña Gómez para que le aporten la información, e incluso aquellas en las que aparece como autorizada si el magistrado lo considera necesario por si las mismas tienen algún tipo de información interesante para la investigación”.

“Por regla general el investigado no suele facilitar este tipo de información, por ello lo más normal es que el juzgado realice una averiguación patrimonial o una averiguación de cuentas bancarias. Ahí es cuando pueden detectar algún tipo de delito”. Asimismo, la experta cree que “a lo mejor, al tener Gómez una cantidad muy baja en sus cuentas, puede levantar sospechas en el juez de que tuviera testaferros”.

Respecto a la noticia dada por La Razón de que los pagos que le hacía la Complutense a la mujer del presidente por su dirección de los dos posgrados fueron ingresados en una cuenta de IBAN que no se corresponde con ninguna que esté a nombre de la investigada, Viqueira señala que posiblemente el juez investigue esa cuenta: “Ese sería el paso natural que cualquier procedimiento penal llevaría a cabo. Si yo fuera el juez le preguntaría también a Indra en qué número de cuenta ingresaron los 138.000 euros, y si no es la misma cuenta que la Complutense pagaba a la mujer del presidente, ahí le revisaría las dos cuentas, porque si fuera la misma con revisar una cuenta valdría”.

La investigada no tiene la obligación de facilitar toda su información bancaria

Alfonso Trallero (Imagen: Trallero Abogados)

El penalista Alfonso Trallero, socio director de Trallero Abogados, señala que “por el momento, falta información para poder opinar adecuadamente”, no obstante aclara que “el investigado en un procedimiento penal no tiene deber de obedecer lo que le pide el juez. Los investigados, por norma general, no tienen la obligación de facilitar información al juez. Es un derecho el aportar o no aportar documentación, y no puede haber responsabilidad penal de un investigado por el hecho de no contestar a las peticiones de un juez o de contestar sin dar toda la información”.

Trallero señala que “otra cosa es que, si no obedece, pueda haber ciertas consecuencias, como que el juez pueda entender necesarias medidas cautelares contra esa persona o que incluso se perjudique a su situación en el propio procedimiento en que se le investiga, pues el juez puede interpretar su silencio o la ocultación de datos como un indicio de su responsabilidad”.

Asimismo el penalista aclara que una consecuencia distinta sería que, “al margen de que conteste o no a lo que le pide un juez siendo investigado, el investigado realice operaciones que por sí mismas constituyan nuevos hechos delictivos, como por ejemplo blanqueando capitales o insolvencia punible”.

El juez debe continuar recabando información

Esaú Alarcón, abogado experto en Derecho Tributario, socio de Gibernau, profesor de la Universidad Abat Oliba CEU y de la Universidad Complutense, doctor en Derecho y cofundador de www.fiscalblog.es, explica los siguientes movimientos que debería llevar a cabo, y que posiblemente haga, el juez Peinado a la vista de las nuevas informaciones y con el objetivo de impulsar nuevas actuaciones para comprobar la veracidad de la información bancaria obtenida.

“Si yo fuera el juez de instrucción pediría un informe patrimonial a la Agencia Tributaria para que dieran información de qué cuentas son las que realmente tenía esta señora, tanto como como titular, como autorizada”, señala este experto.

Esau Alarcon (Imagen: de E&J)

Por otro lado, Alarcón también cree que, además, si realmente lo que le interesa al juez es saber los pagos realizados o si los pagos se realizan a otra cuenta, “lo que el juez podría hacer, y que probablemente haga, sería preguntar a la Universidad Complutense adonde realizó los pagos para ver si realmente esa información es veraz o, si por el contrario, esa información bancaria está parcheada”. No obstante, el abogado señala que también existe la posibilidad de que a lo mejor esos pagos se hicieran en cuentas que ya han sido canceladas.

A mí me sorprende, como a todo el mundo supongo, que la mujer del presidente sólo tenga 40 euros en la cuenta. Pero más allá de eso, igual existe una explicación racional”, señala Alarcón, quien cree que “aún es pronto para hablar de responsabilidad tributaria, ya que aún no está claro si el dinero transferido por la Universidad se realizó a la cuenta de alguna sociedad ni si la Universidad tenía firmado algún contrato con alguna empresa de la que Gómez era autorizada. Habría que investigar más, ver qué vínculos existen y si el pago es correcto”.

El próximo 18 de diciembre Begoña Gomez está citada otra vez a declarar. En esa nueva cita el juez le preguntará y planteará qué peticiones adicionales y oficios tiene que remitir para para complementar esa información y comprobar si es veraz. No obstante, existe la posibilidad de que la esposa del presidente se acoja de nuevo a su derecho de no declarar. “Tiene derecho a no declarar, es la acusada. En ese caso, el juez deberá continuar recabando y pidiendo información”, señala Alarcón.

Jose María Salcedo (Imagen: Salcedo Tax Litigation)

Tras conocer la información bancaria a la que ha tenido acceso el juez Peinado, el abogado especializado en Derecho Tributario en el despacho Salcedo Tax Litigation, José María Salcedo, considera que el siguiente movimiento del instructor de la causa será “remitir directamente requerimiento a la Agencia Tributaria, o a quien haga falta, para determinar cuáles son las cuentas bancarias de Begoña Gómez en España”.

No obstante, “existe la posibilidad de que se haya ingresado dinero correspondiente de la Universidad en otras cuentas en las que a priori no aparecerían a nombre de la señora Gómez. Podría existir un posible escenario en el que el dinero de la Universidad fuera ingresado en una cuenta que no estaba a nombre de Gómez, pero que obviamente ese dinero fuera destinado para ella. En este punto podríamos ver implicaciones de tipo tributario, pero primero sería necesario determinar a nombre de quién están las facturas de la Universidad Complutense y si el dinero era ingresado en una sociedad y qué relación tenía la investigada con dicha sociedad. Y, a partir de ahí, se verían las consecuencias fiscales”.

Hablando en términos hipotéticos, este experto señala que también puede existir la posibilidad “de que el dinero hubiese sido transferido o facturado a una sociedad y en ese caso habría que ver por qué se facturó a través de esta. Hay mucha gente que factura a través de una sociedad sin estructura, es decir, que la razón de la misma es el tributar a través de ella porque el tipo fijo es del 25% mientras que en renta puede llegar a ser un 50%”.

 

Cronología del caso Begoña Gómez

(Diseño: Mireia Vericat/ E&J)

16 de abril

Manos Limpias denuncia a Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios, acusando a la esposa del presidente de aprovechar su estatus personal para haber firmado varias cartas de recomendación a favor del empresario Carlos Barrabés en sus propuestas para varios concursos públicos; logrando así que el empresario y codirector de la cátedra de Gómez hubiese obtenido 10 millones de euros en licitaciones.

24 de abril

Pedro Sánchez anuncia cinco días de reflexión para tomar la decisión de si seguirá en el cargo ante “la campaña de acoso” dirigida contra él y su familia.

29 de abril

Pedro Sánchez anuncia que seguirá en su cargo de presidente para luchar contra la “maquinaria del fango” por medio de la regeneración democrática.

29 de mayo

La Audiencia Provincial de Madrid abre diligencias de investigación contra Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

5 de julio

Gómez acude a los Juzgados de Plaza de Castilla para declarar en calidad de investigada, asegurando no tener conocimiento de la causa. El juez Peinado pospone la declaración.

19 de julio

Begoña Gómez vuelve a ser llamada a declarar, pero la investigada se acoge a su derecho de no declarar.

22 de julio

El juez Peinado cita a declarar como testigo, en calidad de esposo, a Pedro Sánchez.

30 de julio

El presidente del Gobierno se acoge a su derecho a no declarar por ser cónyuge de la investigada. Ese mismo día, la Abogacía del Estado, en representación de Pedro Sánchez, presenta querella contra el juez Peinado por prevaricación judicial.

2 de agosto

Begoña Gómez presenta otra querella contra el juez Peinado por presunta prevaricación y relevación de secretos.

7 de octubre

La Audiencia Provincial de Madrid exige al juez Peinado que acote la investigación y elimine las acusaciones relaciones con el rescate público a Globalia en 2020.

14 de octubre

La Fiscalía rechaza admitir a trámite la querella que interpuso Begoña Gómez contra el juez Peinado.

18 de octubre

El TSJ de Madrid rechaza estudiar la querella de Pedro Sánchez contra el juez Peinado al no apreciar motivos para abrir una investigación contra el magistrado.

28 de octubre

Peinado admite a trámite una querella de la asociación Hazte Oír contra Begoña Gómez; ampliando la investigación contra la acusada por presunta apropiación indebida e intrusismo profesional. El juez la cita a declarar el próximo 18 de noviembre pero finalmente aplaza la citación porque la investigada acudirá en esa fecha a la cumbre del G-20 en Brasil.

13 de noviembre

Begoña Gómez se acoge a su derecho a no declarar en la Comisión de Investigación celebrada en la Asamblea de Madrid.

3 de diciembre

El juez Peinado recibe una lista de las cuentas bancarias vinculadas con la investigada, la cual el magistrado califica de “incompleta”.

18 de diciembre

Begoña Gómez acudirá a declarar en calidad de investiga por los posibles delito de apropiación indebida e intrusismo profesional.