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El Ministerio de Trabajo deja en manos de los empresarios qué hacer con las pausas del café, el bocadillo o del cigarrillo

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El Ministerio de Trabajo deja en manos de los empresarios qué hacer con las pausas del café, el bocadillo o del cigarrillo



Si las incluyen como tiempo trabajado o si las dejan fuera del registro horario que entró en vigor el pasado 12 de mayo. El criterio técnico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece que «no se exige expresamente el registro de las interrupciones o pausas entre el inicio y la finalización de la jornada diaria, que no tenga carácter de tiempo de trabajo efectivo».

El documento publicado deja claro que el registro de la jornada podrá organizarse de manera que incluya las interrupciones o pausas que se consideren y siempre que el registro incluya el horario de inicio y finalización de la jornada. Esta organización se hará mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en última instancia, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.



Desde el Ministerio subrayan la importancia de la negociación entre las empresas y los representantes sindicales porque de esos acuerdos saldrán las delimitaciones y pautas a seguir por cada empresa. Además, cabe recordar que existe el tiempo de cortesía que permite a los empleados parar durante unos minutos para firmar o ir al servicio.



El registro horario es una obligación para las sociedades y debe estar físicamente en el centro de trabajo o ser accesible de manera inmediata. Su no establecimiento está sancionado con una infracción grave.

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