El nuevo Estatuto General de la Abogacía no será objeto de examen en la próxima prueba de acceso
El nuevo Estatuto General de la Abogacía no será objeto de examen en la próxima prueba de acceso
El pasado 4 de marzo de 2021 se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden PCM/188/2021, de 2 de marzo, por la que convocaba la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado/a para el año 2021. Allí, entre otros extremos, se informaba en su apartado tercero sobre el programa de materias que regirá la evaluación.
Pues bien, teniendo que acudir al anexo de la mencionada convocatoria observamos que en el epígrafe “A. Materias comunes al ejercicio de la profesión de la Abogacía”, sub-epígrafe “a.1 Deontología profesional, organización y ejercicio de la profesión de Abogado/a”, apartado tercero, se indica como materia que será objeto de evaluación el Estatuto General de la Abogacía Española.
Un par de días antes, el 2 de marzo de 2021, a través de una rueda de prensa celebrada en la sede del Colegio General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega, presidenta del CGAE, José María Alonso, vicepresidente del CGAE, y Enrique Sanz, presidente de la Mutualidad de la Abogacía, informaban que el Consejo de Ministros había dado luz verde al Real Decreto por el que se aprobaba el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española.
Tras ello, el pasado miércoles 24 de marzo, el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española, se publicaba en el BOE. Así, este nuevo texto, actualiza la normativa que regula la profesión y la dota de un marco legislativo moderno y eficaz que sustituirá al que regía desde el año 2001. Igualmente, según su disposición adicional cuarta, el aludido Estatuto entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2021.
Puestos en contexto y sin haberse aun anunciado la fecha exacta de la prueba, miles de candidatos que se presentarán al examen online este año se preguntan: Qué Estatuto General de la Abogacía Española será objeto de examen y evaluación, el de 2001 o el de 2021.
AJA Madrid pregunta y el CGAE responde
Fruto del desconcierto, la Agrupación de Jóvenes Abogados de Madrid (AJA Madrid) consultó al órgano de representación del conjunto de los colegiados sobre la materia a examinar de cara a la próxima prueba de acceso tras la reciente aprobación del nuevo Estatuto de la Abogacía.
Pues bien, bajo la firma de Lucas Blanque Rey, Director de los Servicios Jurídicos del CGAE, el Consejo informa que tal y como consta en el apartado 12 de la Orden de Convocatoria mencionada en el primer párrafo de la reciente noticia, “la evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor (…)”.
Al hilo de lo anterior, expone la comunicación que, “una vez efectuadas las oportunas consultas al Ministerio de Justicia se nos ha informado que los aspirantes se examinarán del Estatuto vigente en la fecha de convocatoria de la prueba de la evaluación, es decir, el aprobado por el Real Decreto 658/2001, de 22 de junio”.
En definitiva, los aspirantes que se presenten a esta primera prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado/a para el año 2021 se examinarán del Estatuto de 2001. En cambio, todo parece indicar que, para la segunda convocatoria de 2021, allí sí, los candidatos se examinarán, por primera vez, del Estatuto General de la Abogacía Española aprobado por el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo.