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El periodo de prueba de un año podría ser inconstitucional

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El periodo de prueba de un año podría ser inconstitucional

El abogado penalista Víctor Ávila, con despacho propio en Madrid. (Imagen: E&J)



Juan Calvente, de Clifford Chance, analizó los entresijos de la reforma laboral en el Isde

Los cambios aprobados para fomentar la contratación indefinida en el mercado laboral han flexibilizado este tipo de contratos de tal manera que la duración del periodo de prueba hasta un año “podría ser inconstitucional”, como comentó Juan Calvente en la sede del Instituto Superior de Derecho y Economía (Isde) en una jornada sobre la Reforma Laboral 2012.



El director del área de derecho laboral en Clifford Chance analizó distintos aspectos del novedoso Real Decreto ley 3/2012, de 10 de febrero, como los cambios en la extinción del contrato, la supresión de los salarios de tramitación, el nuevo procedimiento de despido colectivo o las medidas de flexibilización interna.

Despido improcedente

La excepcionalidad de la situación laboral y financiera en España ha llevado a nuevos cambios en el régimen indemnizatorio del despido improcedente. “Hay un cambio psicológico importante con esta medida quebrando el principio de los 45 días pasando a 33”, aclaró.



También comentó la supresión de los salarios de tramitación ya que “era un coste adicional muy significativo y por eso se han eliminado directamente, aunque hay una excepción si se vuelve a readmitir al trabajador”. Calvente no descartó que en el trámite parlamentario haya alguna modificación en este aspecto y aconsejó en estos supuestos “ir a la conciliación administrativa”.

La autoridad laboral solo tutela

Este nuevo paquete de medidas para reactivar la actividad económica tiene un nuevo procedimiento de despido colectivo. “Se ha dado un giro fundamental porque el legislador se ha cargado la autoridad administrativa previa. La administración no ha utilizado este poder porque los EREs eran mínimos, una dejación de funciones que ha trasladado el poder a los sindicatos”, dijo. Es decir, la autoridad laboral ya no resuelve, simplemente tutela.

Calvente dio un repaso a las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, de las que destacó la facultad de las empresas para distribuir irregularmente la jornada, un 5% al año. También destacó que las empresas para mejorar su nivel de competitividad podrán reducir el salario de los trabajadores pero “siempre por encima del nivel de convenio”. Concluyó su exposición destacando datos como el permiso de 20 horas anuales para formación del trabajador con un mínimo de un año de antigüedad o que hasta bajar del 15% de la tasa de parados se podrán realizar contratos formativos hasta los 30 años.