El Supremo estima los primeros recursos por el «céntimo sanitario»
El Supremo estima los primeros recursos por el «céntimo sanitario»
Las reclamaciones proceden de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que desautorizó el impuesto.
La Sala III del Tribunal Supremo ha deliberado y votado hoy los ocho primeros recursos contencioso-administrativos de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, popularmente conocido como ‘céntimo sanitario’. El sentido del fallo es estimatorio de los recursos.
Estas reclamaciones provienen de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso de ‘Transportes Jordi Besora’, de 27 de febrero de 2014, que declaró que la Ley que autorizaba dicho impuesto era contraria a la directiva 92/12/CEE.
Esto dió lugar a bastantes recursos para reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios.