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Noticias Jurídicas

El Supremo ratifica el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general

El Tribunal estima que PP y Vox, que habían recurrido el nombramiento, no están legitimados para ello

Dolores Delgado, fiscal general del Estado. (Foto: Diario Abierto)

Andrés Lara

Director de Economist & Jurist




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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El Supremo ratifica el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general

El Tribunal estima que PP y Vox, que habían recurrido el nombramiento, no están legitimados para ello

Dolores Delgado, fiscal general del Estado. (Foto: Diario Abierto)



La Sección Cuarta de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite los recursos presentados por Vox y el Partido Popular contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado. El tribunal entiende que estos partidos no tienen legitimación para recurrirlo.

La legitimación de los dos partidos demandantes era el primer puto que tenían que debatir los magistrados. La decisión adoptada por el tribunal coincide con el planteamiento de la Abogacía del Estado, según la cual los partidos no estaban legitimados para impugnar esta designación.



El rechazo de la legitimación del PP y Vox para interponer el recurso supone que el tribunal no haya entrado en el fondo de la demanda interpuesta por ambos partidos: la idoneidad de Delgado para ser fiscal general.



En el recurso presentado por el PP se señalaba que “la designación incorrecta del fiscal general del Estado es susceptible de afectar a sus funciones respecto a los diferentes procedimientos judiciales en curso en los que el PP o sus miembros son parte”. Por lo que respecta a Vox, este partido defiende que la designación de Dolores Delgado para ser fiscal general después de haber ocupado la cartera de justicia es “improcedente y contraria a derecho”.

Ambos partidos cuestionan la idoneidad de la actual fiscal general para ocupar este puesto porque, a su juicio, no cumple el requisito de imparcialidad. Los populares basan su afirmación en la militancia socialista de Dolores Delgado, que fue diputada por este partido hasta que dejó el escaño tras ser elegida fiscal general. Vox, por su parte, cuestiona incluso que Delgado cumpliera los requisitos formales para acceder al puesto que exige el artículo 29 del Estatuto Fiscal (ser un jurista español de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio efectivo de su profesión).



Frontal del Tribunal Supremo (Foto: Economist & Jurist)

Todo el proceso por el que se ha llegado a esta decisión del Supremo ha estado marcado por cierta polémica.

Nueve de los 27 magistrados de la Sala Tercera del Supremo pidieron al presidente de la misma, César Tolosa, que el asunto fuera debatido en pleno, algo que éste rechazó. La postura de Tolosa causó malestar entre algunos miembros del Ministerio Público, que entienden que la idoneidad de la persona que les dirige es un asunto que tiene la suficiente trascendencia como para que sea decidido por la totalidad de los magistrados que integran esta Sala Tercera, y no solo los seis que componen la Sección Cuarta, a los que se sumó el propio Tolosa por si hubiera que dirimir un empate.

Los fiscales que solicitaron que sea el pleno de la sala el que decida sobre los recursos del PP y Vox se agarraban a que existe el precedente del que fue fiscal general del Estado Eligio Hernández. El nombramiento de este ex fiscal general fue anulado en junio de 1994 al considerar el Pleno de esta Sala Tercera que los siete años en los que desempeñó cargos dependientes del Gobierno de Felipe González no debían computarse en los 15 que se requieren como jurista de reconocido prestigio.

Requisitos para ser fiscal general

Hay una serie de requisitos objetivos y que se encuentran regulados por el artículo 29 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, como ser español y jurista de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio. Sin embargo, hay otros elementos indeterminados, como es el caso de la idoneidad, que pueden ser controlados y verificados por el tribunal.

La idoneidad de Dolores Delgado ha sido una sombra desde que se valoró su nombramiento para el puesto de fiscal general. El Consejo General del Poder Judicial avaló el nombramiento de Delgado con 12 votos a favor y siete en contra. El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, decidió no incluir alusión alguna a la idoneidad de Dolores Delgado como fiscal general del Estado en la propuesta que remitió a los vocales de este órgano para su debate y votación. Esto no es lo habitual. En las propuestas de nombramiento de máximos responsables del Ministerio Público que hace el CGPJ se incluye un párrafo en el que se suele aludir específicamente a la “idoneidad” de la persona candidata.

Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo. (Foto: Revista registradores)

Carrera como fiscal

Dolores Delgado ganó una plaza como fiscal por oposición en 1989. Ha trabajado como fiscal en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (1989-1993), en la Fiscalía Especial Antidroga, y, desde 1993, en la Audiencia Nacional. Miembro de la Unión Progresista de Fiscales, en abril de 2018 se convirtió en vocal del Consejo Fiscal.

En junio de 2018, después de que Pedro Sánchez sacara adelanta la moción de censura contra Mariano Rajoy, fue nombrada ministra de Justicia. Durante el tiempo que ocupó este puesto estuvo en el foco de la oposición.

En septiembre de 2018 fue reprobada en el Senado con los votos de Partido Popular y Ciudadanos por no ser suficientemente contundente a la hora de defender al juez Pablo Llarena cuando los tribunales belgas denegaron la extradición de Carles Puigdemont y varios ex consellers fugados tras el procés.

El 9 de octubre de 2018 fue reprobada por el Congreso de los Diputados a propuesta del Partido Popular por sus “perversas amistades” con el comisario jubilado José Manuel Villarejo y también por su relación con el que fuera juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.

El 22 de noviembre de 2018 fue reprobada de nuevo por la Cámara Baja por haber instado a la Abogacía del Estado a descartar el delito de rebelión a los líderes separatistas encarcelados.

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