Connect with us
Noticias Jurídicas

El TSJ de Castilla y León ha confirmado sustancialmente la condena al hombre que mató a su esposa en Arévalo delante de su hija

Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Noticias Jurídicas

El TSJ de Castilla y León ha confirmado sustancialmente la condena al hombre que mató a su esposa en Arévalo delante de su hija



La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla y León ha confirmado sustancialmente la sentencia dictada por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Ávila, en lo que se refiere a la condena del acusado como autor de un delito de asesinato en la persona de su esposa en Arévalo (Ávila), con las agravantes de parentesco y de género, a la pena de 25 años de prisión y otras penas accesorias.

Sin embargo, la Sala ha estimado el recurso del Ministerio Fiscal, al que se habían adherido las acusaciones, y ha revocado parcialmente la sentencia recurrida, en el sentido de añadir a las penas o medidas accesorias ya impuestas al acusado, la de prohibición de acercamiento a los hijos menores de la pareja, a abuelos y tía maternos de éstos.



Igualmente, la Sala ha estimado parcialmente el recurso de la defensa del acusado, en el sentido de que, aunque se mantiene la condena del mismo también por un delito de lesiones psíquicas en el ámbito familiar en la persona de la hija menor de la pareja al haberse cometido el asesinato de su madre en su presencia, el Tribunal considera que hay por lo tanto un concurso ideal entre éste último delito y el de asesinato.

De este modo, la Sala ha entendido que es obligada la aplicación de la norma punitiva del artículo 77 del Código Penal, que conduce a que no pueda penarse el delito de lesiones por separado, sino que debe imponerse una sola pena de prisión para ambos delitos: precisamente la de 25 años que es la máxima prevista legalmente para el asesinato.

Por ello, el Tribunal ha dejado así sin efecto la pena de un año de prisión y otras penas accesorias que se habían impuesto por las indicadas lesiones psíquicas.



Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *