Entra en vigor el Real Decreto del 18 de julio instaurando el nuevo sistema de partes médicos para luchar contra el fraude en las bajas laborales
Entra en vigor el Real Decreto del 18 de julio instaurando el nuevo sistema de partes médicos para luchar contra el fraude en las bajas laborales
El nuevo sistema de partes médicos en los procesos de enfermedad laboral entró este martes en vigor, requiere la puesta en práctica de los modelos de partes médicos de alta y baja.
Con esto se ahorran tramites burocráticos y se mantiene el rigor en la constatación de la enfermedad o lesiones del trabajador.
A partir de ahora, habrá cuatro partes de baja: muy corta (menos de 5 días naturales), corta (de 5 a 30 días), media (de 31 a 61 días), larga (si el trabajador va a estar de baja más de 61 días). En caso de que la baja sea muy corta (menos de 5 días) no hará falta seguir recogiendo el parte, puesto que el mismo médico lo emitirá, mientras que si el período supera los cinco días, el parte de baja deberá indicar la fecha de la siguiente revisión.
Las mutuas pueden solicitar a la Inspección Médica y después al INSS, si los organismos pertinentes no responden o el alta se deniega.