Es válido usar la firma electrónica del DNI para las actuaciones judiciales telemáticas
Una nueva norma tilda de “necesario” ampliar el reconocimiento del uso de los mecanismos regulados por la Ley 39/2015, como sistemas de identificación y firma en la Administración de Justicia
(Foto: BBVA)
Es válido usar la firma electrónica del DNI para las actuaciones judiciales telemáticas
Una nueva norma tilda de “necesario” ampliar el reconocimiento del uso de los mecanismos regulados por la Ley 39/2015, como sistemas de identificación y firma en la Administración de Justicia
(Foto: BBVA)
La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia ha autorizado la utilización de certificados electrónicos para personas físicas, como sistema válido de identificación y firma electrónica, en las actuaciones realizadas por medios telemáticos ante la Administración de Justicia.
Según se desprende de la resolución de 19 de marzo, se estima conveniente establecer estos sistemas de firma no criptográfica, sencillos para la ciudadanía, con un sistema de medidas de seguridad, trazabilidad e integridad suficientes para los interesados que hagan uso de él, pero sin necesidad de recordar o tener activa una contraseña ni un certificado electrónico centralizado.
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