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Esta noche entrarán en vigor las nuevas restricciones de Sanidad: ¿en qué puede cambiar mi rutina?

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Esta noche entrarán en vigor las nuevas restricciones de Sanidad: ¿en qué puede cambiar mi rutina?



Hoy a las 22:00 entrarán en vigor las nuevas restricciones de Sanidad según ha anunciado Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad, en una rueda de prensa celebrada hoy a las 12:00. Pero, y esto, ¿en qué puede cambiar la rutina de los madrileños?

¿A qué municipios afecta?

A la capital al completo, así como a Parla, Fuenlabrada, Alcobendas, Torrejón de Ardoz, Getafe, Alcorcón, Leganés, Móstoles y Alcalá de Henares.



¿Puedo entrar o salir de aquellos municipios en algún caso?

La regla general es la restricción de la entrada y salida de personas de los municipios afectados.

De forma excepcional, se habilitará la entrada y salida del municipio afectado para aquellos desplazamientos, debidamente justificados, que se produzcan bajo alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

¿Qué puedo hacer en mi tiempo de ocio?

Aunque se recomienda evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario dentro de los municipios afectados, las tiendas, establecimientos comerciales y de servicios estarán abiertos al público con un aforo del 50% y su hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.



En los restaurantes, bares, casas de juego y apuestas, el consumo en barra está prohibido. El aforo máximo se limita nuevamente al 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores. Las mesas, de 6 clientes como máximo, deberán guardar una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros. Por último, no podrá admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y su hora de cierre no se extenderá más allá de las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

Respecto a la posibilidad de hacer deporte, las instalaciones deportivas podrán abrir con un aforo con un aforo máximo del 50% en interiores y de un 60% en exteriores. La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de 6 personas, con la excepción de las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas.

¿Es posible circular por carreteras que transcurran por municipios afectados?

Sí, la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen los municipios afectados será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

¿Está permitido dar un paseo por dentro del municipio afectado?

Nuevamente, aunque se recomienda evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario, la circulación de personas residentes dentro de los municipios afectados será posible, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades competentes.

¿Puedo acudir a los parques infantiles?

La resolución de Sanidad no contempla el cierre de los parques infantiles, pese a que inicialmente aparecía en borrador. No obstante, es una de las restricciones que la Comunidad de Madrid ha impuesto a 45 áreas sanitarias con alta incidencia de la pandemia.

¿Hasta cuándo durarán las restricciones?

Las Comunidad de Madrid deberá acotar en el tiempo las medidas, pero podrán ser revisadas antes de esa fecha o prorrogadas si fuera necesario.

En este sentido, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Sanidad revisarán semanalmente de manera conjunta la situación epidemiológica de los municipios a los que se apliquen las medidas.

Todas estas medidas se aplicarán porque han transcurrido 48 horas desde que se notificase a la Comunidad de Madrid que diez de sus municipios cuentan con una incidencia de 500 casos o más por cada 100.000 habitantes en los últimos días, con un porcentaje de positividad en las pruebas PCR superior al 10% y cuya autonomía a la que pertenecen tienen una ocupación de camas en UCI con pacientes de COVID-19 superior al 35%

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