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Noticias Jurídicas

Hacienda podrá embargar la parte del salario mínimo que el contribuyente ahorre

El TEAC desestima el recurso de un jubilado que alegaba la necesidad de tener ahorrado para afrontar pagos de suministros que se hacen cada dos meses

(Foto: Unsplash)

Javier Izaguirre Fernández

Redactor de Economist & Jurist.




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Hacienda podrá embargar la parte del salario mínimo que el contribuyente ahorre

El TEAC desestima el recurso de un jubilado que alegaba la necesidad de tener ahorrado para afrontar pagos de suministros que se hacen cada dos meses

(Foto: Unsplash)



A pesar de que el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil señala que resulta inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional, el Tribunal Económico-Administrativo Central, organismo dependiente de Hacienda, ha declarado que los ingresos equivalentes al salario mínimo del contribuyente, no consumidos durante el mes, son ahorro y podrán ser embargados.

El caso

Según se desprende de los antecedentes de hecho de la resolución recientemente dictada, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria practicó distintas diligencias de embargo para cobrar deudas a cargo del contribuyente por un importe acumulado de 1.312.811,53 euros, incluidos intereses de demora.



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