Hacienda, sancionada por enviar una liquidación a la persona equivocada al confundir a una mujer con su madre fallecida
El fisco vulneró el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos al permitir el acceso a los datos por un tercero
Edificio de la Agencia Española de Protección de Datos (Imagen: AEPD)
Hacienda, sancionada por enviar una liquidación a la persona equivocada al confundir a una mujer con su madre fallecida
El fisco vulneró el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos al permitir el acceso a los datos por un tercero
Edificio de la Agencia Española de Protección de Datos (Imagen: AEPD)
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a la Agencia Tributaria por remitir los datos fiscales a una que no era su representante. Concretamente, se trataba de su sobrino, con el que la mujer reclamante no mantiene ninguna relación. El organismo fiscalizador rectificó diez días después de que la reclamada pusiera en su conocimiento que sus datos habían sido enviados a un tercero y anuló la liquidación objeto de impugnación y el expediente sancionador asociado, lo que no ha evitado el apercibimiento.
Todo se debió a un error humano. El tercero involucrado constaba como sucesor de la reclamante en el registro de sucesores de la Agencia Tributaria. La persona reclamante fue confundida con su madre fallecida, que había designado como sucesor a su nieto, sobrino de quien reclamaba. El tercero involucrado era nieto de la fallecida y sucesor de la misma, puesto que el padre de este e hijo de la fallecida también había fallecido.
Hacienda señaló que había actuado con “la máxima diligencia, dando de baja la relación” y que el error “no se debía a la falta de diligencia en las medidas implantadas considerando necesario incidir en la concienciación para evitar este tipo de errores”.
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