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Ingreso Mínimo Vital: el vicepresidente se adelanta y anuncia su aprobación. ¿En qué consiste, a quién afecta?

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Ingreso Mínimo Vital: el vicepresidente se adelanta y anuncia su aprobación. ¿En qué consiste, a quién afecta?



Se aprueba el Ingreso Mínimo Vital (INM). El Consejo de Ministros se ha reunido hoy 29 de mayo de 2020 ex profeso para dar luz verde a la medida. La pugna, por todos conocida, entre Pablo Iglesias y José Luis Escrivá, por intentar acaparar el foco de la opinión pública y proyectarse como valedor de la medida, ha hecho que Iglesias lo anuncie antes -vía twitter- que el Gobierno. ¿Efectismo?

La situación económica es insostenible y los miembros del Gobiernos lo saben, al igual que toda la opinión pública. De ahí que este tipo de medidas redistributivas-extractivas de la renta del contribuyente se constituyan como un efectivo ardid propagandístico de cara a granjear apoyos electorales a corto plazo. La efectividad de la medida caducará en cuanto no existan recursos disponibles para costearla. Quizás en ese momento ya no haya vuelta atrás.



En la rueda de prensa ulterior a la reunión del Consejo de Ministros, Iglesias, ha enunciado la perorata antes que el propio Escrivá, de quien depende, por competencia, el anuncio de la medida. El líder de la formación Unidas Podemos, ungido en una retórica especialmente grandilocuente, muestra orgullo por ser hoy “un día histórico para nuestra democracia” ya que se ha aprobado “el mayor avance en derechos sociales en España, desde la ley de dependencia” aprobada por José Luis Rodríguez Zapatero. Estamos ante un día histórico, de eso no cabe duda.

Según Iglesias Turrión, esta medida “será de carácter permanente” y tiene como objetivo “la redistribución de la renta con la intención de erradicar la pobreza extrema”. El objetivo está por cumplir. El cometido es, decreto vía, acabar con la pobreza. Asistimos expectantes a cómo se utilizan los recursos del contribuyente en pro de cometidos mesiánicos.

¿En qué consiste el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

Según calcula el Gobierno, la prestación alcanzará a unas 850.000 unidades familiares, es decir, a 2.3 millones de personas. Tendrá, en palabras del vicepresidente, una incidencia mayor entre hogares monoparentales, de los cuales el 90% están encabezados por una mujer.



El IMN secciona los hogares en función de los miembros y de si son monoparentales, para después establecer el nivel de renta que cobrarán. El nivel mínimo que corresponde a unidades de hogar unipersonales es de 5.538€ al año, es decir, 462€ en 12 pagas: el equivalente a una pensión no contributiva. A partir de este montante se crea un coeficiente adicional por cada miembro de la unidad familiar y un plus para familias monoparentales, como podemos observar en la tabla inferior.

Si el sujeto cobró el año pasado sólo 300€ euros al mes, como tiene que llegar a cobrar 462 euros, el Estado le ingresará los 162 euros que le faltan. Según los cálculos del Ejecutivo Socialista/Podemos, la renta media garantizada es de 10.070 euros al año por hogar, mientras que el importe de la prestación será de unos 4.400 euros anuales. El coste de esta medida para el erario público será, agárrense, de 3.000 millones de euros al año.

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta el nivel de renta del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de covid-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante parte del período de 2020 atendiendo a la situación de ingresos de este año

Requisitos para obtenerla

Para que le sea reconocida la prestación, la unidad familiar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada. Además, «para certificar que el Ingreso Mínimo Vital llegue a los hogares más vulnerables», se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar. La prestación se percibirá mensualmente y se cobrará en 12 pagas.

¿Cómo y cuándo se solicita?

Se podrá solicitar a partir del 15 de junio. Para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio.

Durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará ex lege para que se abone a unos 100.000 unidades familiares que cumplan los requisitos, sin que sea preceptiva su solicitud.

La solicitud para obtener el IMV se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos «una vez se firmen los convenios previstos y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público».

 

 

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