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IRPH: miles de consumidores denuncian al Supremo ante el TJUE (se adjunta modelo de denuncia)

Pablo Capel Dorado

Director general de Economist & Jurist Group




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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IRPH: miles de consumidores denuncian al Supremo ante el TJUE (se adjunta modelo de denuncia)

  • Tras la sentencia del Supremo el pasado 21 de octubre de 2020 sobre las cláusulas IRPH se abre un recorrido judicial de incertidumbre para los afectados
  • La sentencia del TS, al no declarar la cláusula como abusiva por defecto, ha abierto la veda para que cada juzgado se pronuncie particularmente


La solución salomónica del TJUE sobre la cuestión de nulidad de las cláusulas IRPH trasladó al Supremo el incómodo ejercicio de dirimir sobre su abusividad. Y nuestro alto tribunal no concluyó la abusividad de las cláusulas, pero sí le atribuyó falta de transparencia al no informar sobre la evolución del índice IRPH en los dos ejercicios anteriores a la firma de la hipoteca. Tras este aparente galimatías, ¿en qué situación queda el consumidor afectado? Resumiendo; cada juzgado debía analizar, caso por caso, si se evidenciaba falta de transparencia  para considerar la cláusula como abusiva y, por lo tanto, como nula.

Además, y entendemos que sin pretenderlo, dejar margen de discrecionalidad a cada juzgado para hacer una interpretación de una resolución ya de por sí nada aclaratoria, ha generado que, a falta de casación de las nuevas resoluciones emitidas en primera instancia, la disparidad en la interpretación está aumentando, aún más, la falta de certeza en el consumidor sobre sus opciones reales de recuperar el dinero perdido.



Por lo anterior, miles de perjudicados creen que sus derechos como consumidores se están viendo afectados, al entender que el Supremo emitió su sentencia atendiendo a intereses financieros y sin, en ningún caso, velar por el quebranto a sus derechos de información al suscribir la hipoteca. La acusación es gruesa.

A todo ello, numerosos bufetes han visto un filón en la defensa de los afectados, intentando representar al colectivo y garantizar la recuperación del capital perdido. Como ejemplo, la Dirección General de Justicia y Consumidores de la Comisión Europea notificaba a la firma Arriaga Asociados la admisión a trámite de la denuncia presentada contra el Estado español por un presunto incumplimiento de la normativa europea en materia de defensa de los consumidores y usuarios, sobre la falta de transparencia y abusividad de la cláusula del tipo de interés IRPH.

El escenario se plantea como un film judicial de alcance masivo: miles de afectados por la cláusula de marras enfrentados a la Justicia española -representada por nuestro Tribunal Supremo- y sin la certeza de haber unificado resoluciones en primera instancia judicial. A todo ello, para trufar la trama, numerosos bufetes -autoerigidos como plataformas en defensa del consumidor- conminan a los consumidores a plantear denuncias ante la Unión Europea para dirigir las sentencias favorablemente.



Así, en las últimas horas, miles de afectados han denunciado a nuestro Tribunal Supremo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Economist & Jurist ha tenido acceso a esas denuncias:

Modelo de denuncia ante TJUE sobre cláusulas IRPH

NOMBRE

DIRECCIÓN

CODIGO POSTAL Y POBLACIÓN

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Secretaría del Tribunal de Justicia

Rue du Fort Niedergrünewald

L-2925 Ciudad: Luxembourg

País: Luxembourg

En «PONER AQUÍ TU CIUDAD», «PONER AQUÍ LA FECHA»

Estimada Secretaría del excelentísimo Tribunal de Justicia de la Unión Europea,

Me dirijo a Uds. como ciudadano de un país miembro de la U.E. con el ruego de que me informen como controlan el T.J.U.E. y los órganos encargados de velar por el cumplimiento de las normas, directrices y sentencias que emanan de su Órgano jurisdiccional por parte de los diferentes Estados y, en particular España y el Tribunal Supremo español.

Les remito la presente solicitud ante la postura adoptada por el Tribunal Supremo en España tras la doctrina dictada por el TJUE en el Asunto C-125/18 que versa sobre la abusividad y, en su efecto, nulidad radical de las cláusulas incluidas en los Contratos de Préstamos Hipotecarios suscritos entre entidades financieras de España y sus ciudadanos, que vinculan la revisión de las cuotas a abonar por los usuarios tomando como índice de referencia el «IRPH». Dicha postura se ha puesto de manifiesto en 4 sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Supremo español («Sentencias 595, 596, 597 y 598/2020», de 12 de noviembre)  que, vulnerando la doctrina emanada por el TJUE, no declaran el carácter abusivo de dichas cláusulas, realizando una interpretación forzada y  perjudicial para los consumidores (y en manifiesto beneficio de las entidades financieras), y en dirección totalmente opuesta a la doctrina emanada de la mencionada sentencia dictada en el asunto C125/18.

Sobre esta premisa, quien comparece SOLICITA ser informado acerca de :

1⁰-¿Cómo controla el TJUE la correcta aplicación de dicha resolución por los Estados Miembros? En nuestro caso España y la jurisdicción española. En este caso particular, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo Español.

2º- En caso de no respetarse las resoluciones dictaminadas, ¿Qué tipo de acción se piensan adoptar por parte de la UE o qué consecuencias puede tener no respetar las consignas aclaradas en dicha sentencia?

3⁰- ¿Existe algún órgano interno Europeo de control que actúe de oficio para la defensa de los intereses de los consumidores, y para la defensa y correcta aplicación de estas sentencias tras su dictamen?

Quiero manifestar mi malestar como consumidor, ciudadano y perjudicado de la incorrecta aplicación del derecho comunitario realizada sobre estas sentencias del Tribunal Supremo Español, y rogaría se pusieran en acción los mecanismos pertinentes de control existentes para corregir, sancionar, y encauzar las sentencias dentro del marco legal Europeo, ya que dentro de la legislación Española no disponemos de GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL TJUE NI DE LA NORMATIVA 93/13 CE

Como ciudadano rogaría que, en caso de que consideren pertinentes la puesta en acción de estos mecanismos, muy por favor se haga por la vía de urgencia. Hay más de un millón de familias españolas que se han visto perjudicadas por este abuso bancario sentenciado en el asunto acumulado C-125/18. Destacar que una gran parte de estas familias son económicamente vulnerables, y compraron su vivienda de protección oficial (Vivienda protegida, VPO).

Finalmente, como última actualización de esta situación de incorrecta aplicación del derecho comunitario, indicarle que el Tribunal Supremo Español no está admitiendo a trámite los recursos de casación que está recibiendo, lo cual está haciendo imposible que se pueda recurrir a este alto Tribunal Español para que aplique la resolución europea C-125/18.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

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