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La Abogacía alerta que la doble imposición de tasas judiciales limitará el acceso a la Justicia

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La Abogacía alerta que la doble imposición de tasas judiciales limitará el acceso a la Justicia

El abogado penalista Víctor Ávila, con despacho propio en Madrid. (Imagen: E&J)



Las tasas autonómicas que entrarán en vigor el día 1 de mayo prevén grabar múltiples servicios en el ámbito civil, como la interposición de demandas de juicios ordinarios o la presentación de solicitudes de declaración de concurso, con independencia de su cuantía. En los casos de cuantía superior a los 3.000 euros, se gravará la interposición de demandas de juicios verbales o de procesos de ejecución de títulos extrajudiciales, mientras que en cuantías superiores a los 6.000 euros se gravará la interposición de demanda en los procesos de ejecución de títulos judiciales, entre otros servicios. Los recursos de apelación y de casación tendrán siempre una tasa. En cambio, las tasas no afectan al ámbito penal ni a la justicia gratuita. El precio varía entre 60 y 120 euros por servicio.

A la tasa autonómica catalana se sumará la ya anunciada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, para el próximo otoño, que contempla la instauración de un sistema de tasas judiciales en la segunda instancia para las jurisdicciones civil, social y contencioso administrativa. Según Gallardón, el dinero recaudado con este tributo se destinará a sufragar los gastos de la Justicia Gratuita, una justificación que
no convence a la abogacía, que considera que debería ser financiada desde los presupuestos generales y no a través de tasas especiales.



Para el Consell de l’Advocacia Catalana, las dos tasas -estatal y autonómica- son incompatibles, ya que ambas gravan servicios que se derivan de la misma potestad jurisdiccional. El Consell advierte que la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas impide que éstas graven con tributos propios hechos imponibles ya gravados por el Estado, y propone la transferencia a Catalunya de la recaudación de los recursos generados por las tasas judiciales y su posterior gestión, para que reviertan en la mejora del sistema judicial catalán.

Justicia de tres velocidades

Por otra parte, el president del Consell de l’Advocacia Catalana, Antoni Molas, alerta del «agravio comparativo» que conllevará la entrada en vigor de las tasas judiciales. «El copago agravará la división social y provocará una justicia de tres velocidades: los que tienen derecho a justicia gratuita, que no pagarán nada, los ricos, que pueden permitirse pagar para litigar y llegar hasta donde sea necesario; y la gran mayoría de los ciudadanos, una buena parte de los cuales verán limitado su acceso a la justicia por temas económicos». La abogacía catalana ve una clara «finalidad disuasoria» en la instauración de este sistema de tasas, que incluso puede afectar derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a reclamar justicia. «La imposición de tasas por recorrer en segunda instancia hará desistir de pedir la revisión de su caso a muchas personas con recursos limitados, a pesar de considerar injusta la resolución judicial» dice Molas, quien considera que «instar al ciudadano a dar por buena la primera resolución judicial equivale a presuponer que los jueces nunca se equivocan». «O es que sólo pueden equivocarse con quien puede pagar el error?» se pregunta el presidente de la abogacía catalana.



El Consell de l’Advocacia Catalana reconoce la necesidad de buscar fórmulas que eviten el exceso de litigiosidad y que favorezcan las vías de resoluciones extrajudiciales de conflictos, pero «ni la imposición de tasas a los usuarios, ni cualquier otra medida que limite el acceso a la Justicia son la solución para los problemas que sufre el sistema».