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La abogacía se prepara para la implantación definitiva del expediente judicial electrónico

Según los expertos, la futura Ley de Medidas de Eficiencia Digital habilitará a que el expediente judicial electrónico sea el único disponible para todos los operadores jurídicos

(Foto: Pexels)

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La abogacía se prepara para la implantación definitiva del expediente judicial electrónico

Según los expertos, la futura Ley de Medidas de Eficiencia Digital habilitará a que el expediente judicial electrónico sea el único disponible para todos los operadores jurídicos

(Foto: Pexels)



El expediente judicial electrónico, heredero digital de los «autos» que tradicionalmente constituyen (o han constituido) el decorado habitual de nuestros juzgados y tribunales, fue definido y regulado en la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.



Cuestiones tales como el foliado o la tradicional remisión de los autos, adquieren una dimensión totalmente diferente al amparo de las nuevas tecnologías

Según su art. 26, el expediente judicial electrónico es el conjunto de datos, documentos, trámites y actuaciones electrónicas, así como de grabaciones audiovisuales correspondientes a un procedimiento judicial, cualquiera que sea el tipo de información que contenga y el formato en el que se hayan generado.



Montaña de documentos en los juzgados onubenses. (Foto: Josué Correa/Huelva Información)

Así, tras el paso de una década, con la llegada del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia, el expediente judicial electrónico se concibe como la herramienta central para comprender la Justicia digital de los próximos años y como el instrumento ideal para obtener una resolución judicial en plazo.



Según la previsión de los expertos, la nueva Ley de Medidas de Eficiencia Digital habilitará a que el expediente judicial electrónico sea el único disponible en fechas más o menos cercanas. Bajo la intención de reducir dilaciones indebidas en los procedimientos, ahorrar recursos, apostar por la estrategia del “papel cero” en la Administración de Justicia, mejorar la eficiencia y adaptar la realidad judicial española del siglo XXI al marco tecnológico contemporáneo, el texto legislativo se presenta como una herramienta normativa completa, útil, transversal y con la capacidad suficiente para dotar a la Administración de Justicia de un marco legal, coherente y lógico en el que la relación digital se descubra como una relación ordinaria y habitual, siendo la tutela judicial efectiva en cualquier caso la prioridad absoluta.

Madrid, como ejemplo de digitalización

Pues bien, a día de hoy, el expediente judicial electrónico sigue siendo, en muchos territorios y partidos judiciales, un propósito sin tangibilidad y una circunstancia más cercana a la utopía que a la realidad.

Así, para confirmar que existe una Justicia a dos velocidades, cabe indicar que ya existen partidos judiciales en los que la implantación de los métodos digitales guardan resultados esperanzadores y ejemplificadores de lo oportuno del nuevo texto legislativo. Por ejemplo, si ponemos nuestra mirada en el conjunto de los órganos judiciales madrileños, durante el 2021 se registraron electrónicamente un total de 522.841 asuntos, lo que supone el 47% (frente al 43% de 2020) de todos los escritos presentados por profesionales o ciudadanos que dieron lugar a un procedimiento judicial en los juzgados de la región.

«Durante el año pasado, los juzgados madrileños realizaron 8.263.839 notificaciones telemáticas». (Foto: EFE)

Por jurisdicciones, el mayor volumen se produjo en lo Contencioso-Administrativo (84%), seguido muy de cerca de lo Social (73%), y lo Civil (72%). Por su parte, en los juzgados de lo Penal el porcentaje cayó hasta el 9%, una incidencia que obedece a que en esta especialidad se tramitan asuntos que cuentan con una amplísima base documental o que son muy complejos en su desarrollo.

Las notificaciones enviadas de forma telemática han ascendido en 2021 a 305.669, un 27,2% más que el año anterior

En el mismo ejercicio, fueron hasta 2.746.298 (el 92% del total) los escritos presentados telemáticamente en cualquier órgano judicial de la región, ya sea para el inicio de la tramitación de un asunto o para incorporar al expediente de información adicional. En particular, por jurisdicciones, el porcentaje de escritos telemáticos en 2021 fue el siguiente: 94% en Civil y Penal; 87% en Social; y 75% en Contencioso-Administrativo.

En total, durante el año pasado, los juzgados madrileños realizaron 8.263.839 notificaciones telemáticas. Asimismo, jueces y magistrados firmaron electrónicamente un total de 7.034.819 escritos, un 62% del total (frente al 34% de 2020).

Por último, cabe indicar que, en las sedes judiciales madrileñas, hay 3.521 usuarios dados de alta -entre ellos el 100% de los jueces y letrados- en el Visor del Expediente Judicial, un dispositivo que permite acceder online a estos documentos, que también se pueden descargar en caso de ser necesario. El grado de uso de esta herramienta digital era en enero de 2022 del 51% en Contencioso-Administrativo; el 44% en lo Social; el 37% en lo Civil; y el 14% en la jurisdicción Penal.

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