La aerolínea Brussels Airlines NV no deberá pagar el impuesto de emisiones
El Tribunal Supremo ha fallado en favor del recurso de casación interpuesto por la empresa aérea al considerar incorrecta la manera de conseguir el resultado de la infracción
Avión (Foto: E&J)
La aerolínea Brussels Airlines NV no deberá pagar el impuesto de emisiones
El Tribunal Supremo ha fallado en favor del recurso de casación interpuesto por la empresa aérea al considerar incorrecta la manera de conseguir el resultado de la infracción
Avión (Foto: E&J)
El Tribunal Supremo (TS) ha emitido sentencia absolviendo a la aerolínea Brussels Airlines NV de la deuda que generó con respecto a la emisión de óxido de nitrógeno en 2017, ya que la manera de conseguir el resultado de esa infracción mediante la autoliquidación no es correcta.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dictó en noviembre de 2020 sentencia reclamando la devolución de ingresos indebidos a la autoliquidación del Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera que produjo la aviación comercial en el 2017 con un importe de 23.100,15 euros.
Contra dicha sentencia la aerolínea Brussels Airlines NV interpuso un recurso de casación alegando que se debía revocar el fallo del TSJC debido a que se había infringido el ordenamiento jurídico en cuanto a la aplicación de los artículos 126, 127, 128 y 129 del Real Decreto 1065/2007 por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes a los procedimientos de aplicación de los tributos.
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