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Noticias Jurídicas

La Audiencia Nacional levanta la imputación del presidente de Iberdrola por la prescripción de los delitos

Ignacio Sánchez Galán estaba investigado por su presunta implicación en la contratación del comisario Villarejo por parte de la eléctrica

Ignacio Sánchez Galán (Foto: EP)

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La Audiencia Nacional levanta la imputación del presidente de Iberdrola por la prescripción de los delitos

Ignacio Sánchez Galán estaba investigado por su presunta implicación en la contratación del comisario Villarejo por parte de la eléctrica

Ignacio Sánchez Galán (Foto: EP)



El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha acordado el sobreseimiento libre respecto del presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, al considerar prescritos los delitos por los que se le investigaba en relación con la contratación del comisario de Policía José Manuel Villarejo.

Sánchez Galán se encontraba investigado por delitos de cohecho, falsedad documental y contra la intimidad por los encargos de la eléctrica al comisario jubilado José Manuel Villarejo, actualmente en prisión.



Según explica el magistrado, la imputación del presidente de Iberdrola se vincula con los proyectos Arrow (de 2004 a 2006) Black Board o B-B (años 2004 y 2005) y los Proyectos Gipsy y Posy (año 2009), cuando ejercía, primero como vicepresidente y consejero delegado de Iberdrola, y después, desde 2006, como presidente de la compañía. Los trabajos, expone el auto, se habrían realizado por el excomisario a través del Grupo Cenyt mientras se encontraba en servicio activo en el Cuerpo Nacional de Policía.



García Castellón basa el archivo de la causa respecto del presidente de la eléctrica en el auto de la Sección Tercera de la Sala Penal 266/2022, del pasado 3 de junio, en el que los magistrados resolvían el recurso de apelación de otro investigado por delitos de cohecho activo, contra la intimidad y continuado de falsedad en documento mercantil por hechos que tuvieron lugar hasta el mes de marzo de 2009.

En ese auto de la Sala, relativo al directivo Rafael Orbegozo, los magistrados indicaban que “es evidente que el único hecho atribuido a (…) estaría prescrito conforme a los artículos 130.6 y 131 y 132.1 del Código Penal, al haber transcurrido más de diez años entre marzo de 2009 y el 23 de junio de 2021 que es cuando el procedimiento se dirige contra (…) al citarle para ser oído como investigado”. Por tanto, la Sala acordó la prescripción como circunstancia extintiva de la responsabilidad y el sobreseimiento libre.



Manuel García Castellón. (Foto: El Plural)

“La contundencia de esta resolución no deja margen de actuación a este instructor, quien de forma reiterada había desestimado las solicitudes de sobreseimiento y archivo efectuadas por el investigado, señor Sánchez Galán, en diferentes resoluciones (la última de ellas el 11 de marzo de 2022)”, señala el magistrado.

García Castellón indica que la participación en los hechos investigados comprendería un periodo temporal que llegaría hasta el año 2009, por lo que atendido el tenor literal del auto de la Sección Tercera referido “debemos constatar que han transcurrido más de diez años entre la fecha en que se cometió el último hecho imputado y la de su citación como investigado”.

“Puede concluirse, conforme a los argumentos transcritos que los delitos imputados a José Ignacio Sánchez Galán estarían prescritos, por lo que no cabría otra opción más que declarar la presencia de esta circunstancia extintiva de la responsabilidad, y con ello decretar el sobreseimiento libre”, finaliza el magistrado.

En el mismo auto y con el mismo argumento, el magistrado también acuerda el sobreseimiento respecto de otros dos directivos investigados: José Luis San Pedro Guerenabarrena y Juan Carlos Rebollo en cuanto al delito de cohecho, si bien por el de coacciones en relación de la denuncia del exdirectivo de Iberdrola José Antonio del Olmo acuerda remitirlo a un juzgado de Bilbao por no ser competente para instruir estos hechos.

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