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Noticias Jurídicas

La baja de un abogado tropieza con la AP de Madrid: “Fue una actuación más propia de sistemas dictatoriales”

Un sindicato ha demandado al tribunal madrileño y ha solicitado que se reconozca el derecho del abogado a estar de baja “en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores públicos o privados”

Sala de la Audiencia Provincial de Madrid. (Foto: EP)

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La baja de un abogado tropieza con la AP de Madrid: “Fue una actuación más propia de sistemas dictatoriales”

Un sindicato ha demandado al tribunal madrileño y ha solicitado que se reconozca el derecho del abogado a estar de baja “en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores públicos o privados”

Sala de la Audiencia Provincial de Madrid. (Foto: EP)



Un sindicato de abogados ha interpuesto una demanda contra la presidencia de la Audiencia Provincial de Madrid por forzar a un abogado que estaba de baja médica a aportar informes médicos complementarios para evaluar su dolencia y así aceptar su petición de suspensión de una vista oral.

El caso

A inicios de noviembre de 2021, después de que el abogado Ángel Muñiz Merino solicitase formalmente suspender un señalamiento ante la AP de Madrid aportando un parte de baja emitido por un médico de la Seguridad Social, el Tribunal madrileño, mediante providencia, requirió al letrado para que, en el plazo de 24 horas, aportase más documentación que especificase la dolencia o enfermedad que padecía el afectado.



Ante la negativa del letrado a facilitar datos relativos a su salud especialmente protegidos, el Tribunal emitió un informe médico forense en base a la limitada informacion presentada.

El abogado debía de asistir a las sesiones agendadas para el 22 a 26 de noviembre

En particular, en un documento extremadamente breve, el médico argumentó que el dolor de espalda que padecía el abogado podía ser “una patología incapacitante en determinados tipos de trabajo, fundamentalmente de carácter físico”. Por ello, a su modo de ver, la asistencia a juicio no implicaba “ningún tipo de sobreesfuerzo” que le impidiese acudir, “ya que una cosa es ir a trabajar y otras es acudir a un lugar en el que se va a estar sentado”. Así pues, el facultativo llegó a la conclusión de que la patología del abogado no tenía la “envergadura suficiente como para impedirle acudir a las sesiones del juicio oral”.

Disconforme con la citada conclusión alcanzada, el abogado formuló una queja ante el presidente de la AP de Madrid por entender que tal decisión vulneraba derechos fundamentales.



Finalmente, aunque Muñiz Merino se vio obligado a aportar más documentación médica sobre su dolencia y el juicio fue suspendido, en diciembre de 2021, en virtud de lo expuesto en el art. 746.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el presidente de la AP de Madrid desestimó la queja planteada basándose en la ponderación de los intereses de terceros para evitar perjuicios a las demás partes.

“Un letrado tiene derecho a estar de baja en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores públicos o privados”

Ahora, el sindicato de abogados Venia, a través de su delegada en Zaragoza, Bella Sánchez Nuez, acaba de presentar una demanda para la protección de los derechos fundamentales y cesación de la vía de hecho frente a la presidencia de la AP de Madrid.

Según se desprende del escrito de demanda al que ha tenido acceso Economist & Jurist, al solicitar informes médicos complementarios para evaluar la dolencia del letrado, la presidencia del Tribunal madrileño habría vulnerado varios derechos fundamentales, como el derecho a la salud, a la intimidad, a la integridad y a la dignidad humana.

Audiencia Provincial de Madrid. (Foto: Europa Press)

El sindicato llama la atención de que, en este mismo procedimiento, pocos meses antes, se acordó la suspensión en sala, habiendo acudido el letrado afectado y su cliente, por error del tramitador en la gestión de las citaciones, “sin que en aquel momento se indicara nada respecto de los perjuicios para terceros”.

“A mi mandante se le exige injustificadamente, con claro abuso de Derecho y de la posición procesal que ostenta frente al Juez de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, información complementaria en la que conste antecedentes y patologías médicas, sin base legal y contraviniendo los derechos fundamentales y disposiciones normativas aplicables respecto al tratamiento de los datos de carácter reservado como son los datos médicos”, advierte la representante del sindicato en su escrito de demanda.

“Se trata simplemente de una decisión arbitraria de un magistrado, refrendada por el presidente de la AP de Madrid, constituyendo una clara discriminación respecto a otros intervinientes del procedimiento, vulnerándose con ello lo dispuesto en el art. 14 de la Constitución Española, puesto que suponemos que si hubiera sido el caso de que algún magistrado o el fiscal se encontraran en situación de incapacidad laboral transitoria no se le habrían pedido los mismos documentos e informes médicos que a mi mandante”, añade.

En la misma línea, el sindicato defiende que obligar a un abogado a asistir a un juicio a pesar de contar con una baja médica supone:

  1. “Obligarle a cometer infracción en el ámbito regulado por la ley General de la Seguridad Social lo que le puede acarrear sanciones económicas que no tiene el deber jurídico de soportar”.
  2. “Obligarle a ejercer actividad profesional durante el tiempo de baja médica, incrementando el daño a su salud”.
  3. “Obligarle a que sus datos médicos sean de alcance general para todos los personados en la causa, al darse traslado a través de procuradores, con evidente vulneración de su derecho a la intimidad”.

De hecho, al hilo de lo anterior, desde la organización sindical alertan que la incorporación a autos de los informes médicos como exigencia del tribunal madrileño para poder suspender el acto de la vista del juicio oral vulneran tanto los derechos del propio afectado “como la finalidad y el espíritu de las disposiciones de la Ley de Protección de datos de carácter personal”, enfrentándonos, a su modo de ver, ante “una actuación más propia de sistemas dictatoriales que de un Estado social y democrático de Derecho”.

Por último, en el suplico de la demanda, el sindicato peticiona que se declare nulo el acuerdo del presidente de la AP de Madrid que ordenaba mantener la vista y se reconozca el derecho del abogado a estar de baja “en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores públicos o privados”.

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