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Derecho Laboral

La empresa debe actuar cuando el acoso está relacionado con la actividad laboral, aun fuera del horario y lugar de trabajo

El Tribunal Supremo confirma la sanción impuesta a un trabajador de Renfe que fue suspendido dos días de empleo por enviar audios con contenido sexual a una compañera

(Foto: Freepik)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




Derecho Laboral

La empresa debe actuar cuando el acoso está relacionado con la actividad laboral, aun fuera del horario y lugar de trabajo

El Tribunal Supremo confirma la sanción impuesta a un trabajador de Renfe que fue suspendido dos días de empleo por enviar audios con contenido sexual a una compañera

(Foto: Freepik)



La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) condena la actuación de un trabajador de Renfe por acosar a una compañera fuera del trabajo y confirma la sanción impugnada por falta muy grave de suspensión de empleo y sueldo impuesta por la empresa como medida contra el acoso laboral.

Con esta resolución, el Supremo resuelve la cuestión de si la empresa puede sancionar una actuación de acoso de uno de sus trabajadores cuando esta ocurre fuera del horario y lugar de trabajo.



El actor viene prestando servicios para Renfe Viajeros como agente de atención al cliente. En marzo de 2019 se le impuso una sanción de suspensión de 2 días de empleo, a raíz de que, durante una cena con más compañeros de trabajo, el actor participó en la grabación de dos mensajes de audio de contenido sexual que posteriormente enviaron a otra trabajadora de la empresa a través de una red social.



La sanción fue impuesta ante la solicitud de la persona interesada -la trabajadora acosada, quien manifestó a sus superiores lo ocurrido. Fue entonces cuando la empresa siguió el protocolo existente para la prevención y tratamiento de casos de contenido sexual.

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