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La Unión Europea pretende crear nuevas normas para la compraventa de bienes y de contenido digital entre Estados

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La Unión Europea pretende crear nuevas normas para la compraventa de bienes y de contenido digital entre Estados



Tanto el Consejo como el Parlamento Europeos han aprobado los acuerdos provisionales para dos directivas (de compraventa de bienes y de contenidos digitales)

La UE va a crear nuevas normas para facilitar y dar seguridad a la compraventa tanto de bienes como de contenido digital de un Estado a otro.



Los negociadores del Consejo y del Parlamento han acordado en el día de hoy un conjunto legislativo que consta de una Directiva sobre los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales (Directiva de contenidos digitales) y una Directiva sobre los contratos de compraventa de bienes (Directiva sobre compraventa de bienes). Las dos instituciones deberán confirmar ahora este acuerdo político provisional.



Las Directivas establecen unas normas comunes sobre determinados requisitos aplicables a los contratos de compraventa celebrados entre el vendedor y el consumidor. El objetivo es proporcionar un alto nivel de protección y de seguridad jurídica para los consumidores europeos, en particular al realizar compras de un Estado a otro, así como facilitar a las empresas, en especial a las pymes, la venta en toda la UE.

«El conjunto legislativo es un compromiso, ambicioso pero equilibrado, entre la garantía de los derechos del consumidor europeo y la creación de nuevas oportunidades de negocio para las empresas de la UE. A partir de ahora, los consumidores estarán mejor protegidos cuando, por ejemplo, compren una camisa en una tienda o un frigorífico inteligente en línea, o cuando descarguen música. Las empresas podrán reducir los trámites burocráticos cuando quieran expandirse y vender en toda la Unión.»  Tudorel Toader, Ministro de Justicia de Rumanía

Principales elementos de la propuesta transaccional

La propuesta transaccional global contiene una serie de modificaciones técnicas y equiparaciones para garantizar que las disposiciones de las dos directivas se asemejen lo más posible y establecer un marco jurídico coherente y claro para el consumidor y para el vendedor.



Ambas directivas se basan en el principio de máxima armonización, lo que significa que los Estados miembros no pueden apartarse de los requisitos. No obstante, se deja cierto margen para que los países de la UE apliquen requisitos más estrictos, en particular para mantener el nivel de protección del consumidor ya existente a escala nacional.

En la Directiva de contenidos digitales, los principales elementos de la fórmula transaccional son los siguientes:

  • vías de recurso contra la omisión de suministro y la no conformidad: la fórmula transaccional prevé que se posibilite a los proveedores disponer de una «segunda oportunidad» en caso de falta de suministro antes de resolver el contrato;
  • plazos para la responsabilidad del proveedor: a fin de tener en cuenta las diferencias que existen a nivel nacional, el texto transaccional no armoniza plenamente los periodos de prescripción o de garantía, pero sí establece que la responsabilidad de un proveedor por falta de conformidad no puede ser inferior a dos años;
  • derecho a resolver los contratos de larga duración: las instituciones han acordado suprimir esta cuestión del ámbito de aplicación de la Directiva.

En la Directiva sobre compraventa de bienes, algunos de los elementos de la fórmula transaccional son los siguientes:

  • ámbito de aplicación de la Directiva: las dos instituciones han acordado que los productos con algún elemento digital (por ejemplo los frigoríficos inteligentes) se rijan únicamente por la Directiva sobre compraventa de bienes;
  • normas sobre la obligación de actualizar los contenidos digitales integrados en bienes: la redacción de las disposiciones se ha modificado sustancialmente con el fin de aproximarla a la de la Directiva de contenidos digitales. La fórmula transaccional definitiva obliga al vendedor a suministrar actualizaciones durante el período de tiempo que el consumidor pueda esperar razonablemente, según el tipo y la función de los productos. En algunos casos, podrá establecerse un plazo fijo;
  • las normas sobre no conformidad siguen siendo, en buena medida, las de la posición del Consejo. Entre ellas figuran la flexibilidad para que los Estados miembros establezcan la obligación de que el consumidor disponga de dos meses para comunicar al vendedor la no conformidad;
  • las normas sobre los plazos de garantía y sobre la carga de la prueba siguen siendo las previstas en la posición del Consejo.
  • garantía de durabilidad: la fórmula transaccional incluye disposiciones relativas a la garantía complementaria de durabilidad, además de la garantía legal que sigue siendo, obligatoriamente, de dos años.

Siguientes etapas

Una vez las dos instituciones hayan confirmado el acuerdo (en el caso del Consejo, corresponde a los representantes permanentes de la UE reunidos en el Coreper), el texto será revisado por los juristas lingüistas antes de su adopción formal, muy probablemente antes del final de la legislatura.

Antecedentes

La «Directiva de contenidos digitales» afecta a los contratos para el suministro de contenidos y servicios digitales entre empresas y consumidores: datos producidos y suministrados en formato digital (por ejemplo, música, vídeos en línea, etc.), servicios que permiten crear, tratar o almacenar datos en formato digital (por ejemplo, almacenamiento en la nube), servicios que permiten compartir datos (por ejemplo, Facebook, YouTube, etc.) y cualquier soporte duradero que se utilice exclusivamente como soporte de contenidos digitales (por ejemplo, DVD). Los servicios de comunicación interpersonal «de transmisión libre» (OTT), los paquetes de contratos y el tratamiento de datos personales están incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva de contenidos digitales.

La «Directiva sobre los contratos de compraventa de bienes» afecta a la compraventa de todo tipo de bienes, tanto si se efectúa físicamente (en tiendas), como en línea o mediante cualquier tipo de venta a distancia. El ámbito de aplicación de la Directiva incluye los bienes con componentes digitales (por ejemplo, un frigorífico inteligente o un reloj inteligente).

Fuente: Consejo Europeo (Consejo de la UE)

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