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Noticias Jurídicas

Las empresas no pueden reducir los días de asuntos propios a quien ha estado de baja por incapacidad temporal

La Audiencia Nacional da la razón a CC.OO. y UGT en una demanda contra una fundación

También dirige la querella contra seis personas del consejo de administración de las diferentes sociedades que conforman el conglomerado de Herrero Brigantina. (Imagen: Archivo)

Andrés Lara

Director de Economist & Jurist




Tiempo de lectura: 4 min

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Las empresas no pueden reducir los días de asuntos propios a quien ha estado de baja por incapacidad temporal

La Audiencia Nacional da la razón a CC.OO. y UGT en una demanda contra una fundación

También dirige la querella contra seis personas del consejo de administración de las diferentes sociedades que conforman el conglomerado de Herrero Brigantina. (Imagen: Archivo)



La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en un reciente fallo, declara el derecho de los trabajadores que causen baja en una empresa por incapacidad temporal (IT) a disfrutar de los días de asuntos propios a los que tienen derecho por convenio, sin que éstos se vean recudidos como consecuencia de la situación de suspensión contractual derivada de la IT.

De este modo, el tribunal ha dado la razón a CC.OO. y UGT en una demanda interpuesta contra la Fundación Diagrama. A juicio de los demandantes, la fundación estaba contraviniendo el apartado K del artículo 54 del convenio colectivo.



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