Las nuevas obligaciones relativas a operaciones vinculadas, no son exigibles a todas las sociedades
Las nuevas obligaciones relativas a operaciones vinculadas, no son exigibles a todas las sociedades
Pleno del CGAE de noviembre donde la abogacía institucional apuesta por fijar criterios orientativos en las costas e impulsar el amparo colegial. (Imagen: CGAE)
La Asociación Española de Asesores Fiscales ha tenido acceso al borrador del Proyecto de Orden Ministerial por el que previsiblemente se aprobarán los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2008. De este borrador se desprende que las sociedades deberían incluir en el anexo informativo, la información sobre las operaciones vinculadas realizadas en el ejercicio 2008, aún cuando la norma que regula las obligaciones de documentación entraba en vigor con fecha 19 de febrero de 2009. De acuerdo con la interpretación de AEDAF, la cumplimentación de este anexo informativo tan solo sería exigible en los casos de sociedades que finalizaran su ejercicio social con posterioridad a la mencionada fecha.
En consecuencia, aquellas sociedades cuyo ejercicio finalice el 31 de diciembre de 2008 no estarán obligadas a facilitar la mencionada información. Así se lo ha transmitido la Asociación a la Agencia Tributaria con quien se mantiene la máxima cooperación, siendo la respuesta positiva y acorde a la interpretación de la legislación vigente, por lo que se espera que este punto sea aclarado normativamente.
Límites cuantitativos
Por otra parte, según información a la que ha tenido acceso AEDAF, se está considerando la posibilidad de establecer un límite cuantitativo de 150.000 euros en las operaciones vinculadas, para aquellas sociedades cuya finalización del ejercicio no coincida con el año natural y sea posterior a 19 de febrero de 2009, y que por ello, estén obligadas a presentar esta información. Por debajo de ese límite, la sociedad estaría exenta de esta obligación de información.