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Las sociedades cotizadas dispondrán de un año para suprimir los blindajes

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Las sociedades cotizadas dispondrán de un año para suprimir los blindajes

El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)



El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 1 de julio la nueva ley que reforma la Ley de Auditorías y Sociedades Anónimas. Dicha Ley incluye la supresión de las limitaciones de derechos de voto en empresas cotizadas, conocidas también como «blindajes empresariales». Esta disposición no entrará en vigor hasta el 1 de julio de 2011, dentro de un año.

El primer apartado de la disposición final quinta de la nueva Ley, que contiene la conocida como «enmienda antiblindajes», observa además que las empresas que salgan a Bolsa dispongan de un plazo no superior a un año para adaptar sus estatutos a la supresión de estas limitaciones, contado a partir de la fecha de admisión a negociación de sus títulos. En el caso de que transcurriera dicho plazo sin que la sociedad hubiese presentado en el Registro Mercantil la escritura de modificación de sus estatutos, las cláusulas limitativas del máximo de voto se considerarán como no puestas.



El PSOE pactó con CIU que esta medida retrasara su aplicación con respecto al resto de la Ley para impedir que la supresión de los «blindajes empresariales» interfiera en la celebración de las juntas de accionistas de las empresas afectadas por la modificación, entre las que podemos encontrar a compañías como Repsol YPF, Teléfonica, Banco Popular, y especialmente Iberdrola, al hallarse inmersa en un conflicto con la que es su principal accionista, el Grupo ACS.