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Noticias Jurídicas

Los abogados pueden deducirse el gasto en corbatas, por ser un “elemento indispensable para su actividad”

En cambio, no acepta que se pueda deducir el gasto del vehículo de empresa

Un hombre se ajusta la corbata. (Imagen: E&J)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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Los abogados pueden deducirse el gasto en corbatas, por ser un “elemento indispensable para su actividad”

En cambio, no acepta que se pueda deducir el gasto del vehículo de empresa

Un hombre se ajusta la corbata. (Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado parcialmente el recurso interpuesto contra una resolución del Tribunal Económico Administrativo de Cataluña que denegaba a un abogado la posibilidad de deducirse 200 euros en corbatas en el marco de su actividad profesional, aunque si consideraba deducibles los más de 1.500 euros que le costó un traje hecho a medida. La Justicia determina que “no cabe duda que deben admitirse los gastos por corbatas por constituir un complemento casi indispensable del formalismo que se le ha reconocido a la actividad profesional del abogado”.

En una reclamación contra la sanciónde Hacienda de 5.912 euros por dejar de ingresar en su declaración de la renta, el recurrente consideraba deducibles los gastos relacionados con la utilización de un vehículo en la actividad profesional, los gastos en vestuario por ser una “necesidad formal de la profesión exigida por el despacho en el que trabaja, Cuatrecasas”; los gastos en atenciones a clientes, concretamente varias cestas de navidad entregadas; los gastos refacturados al despacho, así como los gastos de restauración y de desplazamiento no refacturados y asumidos por él mismo, estando “plenamente ligados a la actividad profesional”. Argüía que la posesión del tique supone una presunción de que se ha incurrido en el gasto.



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