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Los jueces piden al CGPJ que ejecute el fallo del Supremo y regule sus cargas de trabajo: “No podemos ser una profesión de riesgo”

El exceso de trabajo por encima de los módulos que fija el CGPJ incrementa los problemas de salud de los jueces y su deseo de jubilarse de forma voluntaria

El CGPJ, con Vicente Guilarte como presidente, tiene ante sí la tesitura de regular la carga laboral de los jueces. (Foto: CGPJ)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




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Los jueces piden al CGPJ que ejecute el fallo del Supremo y regule sus cargas de trabajo: “No podemos ser una profesión de riesgo”

El exceso de trabajo por encima de los módulos que fija el CGPJ incrementa los problemas de salud de los jueces y su deseo de jubilarse de forma voluntaria

El CGPJ, con Vicente Guilarte como presidente, tiene ante sí la tesitura de regular la carga laboral de los jueces. (Foto: CGPJ)



Los jueces españoles celebran el rapapolvo que ha echado la Sala Social del Supremo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por no establecer unas cargas de trabajo razonales en una batalla judicial que ya llevan ocho años de fallos judiciales.

En esta ocasión, la sentencia del Supremo obliga al CGPJ a establecer esas cargas de manera razonable. Los jueces tienen cada vez más trabajo y menos medios ante asuntos cada vez más complejos.



Las ultimas huelgas de los LAJs y funcionarios han convertido los juzgados españoles en lugares donde los jueces hacen lo que pueden ante la avalancha de asuntos. “La carga de trabajo no puede ir en contra de la política de prevención de riesgos laborales”, comentan.

En los últimos años, los casos de magistrados de baja por estrés o con problemas de ansiedad han crecido bastante. Los problemas son cada vez más frecuentes. No se trabaja en mejores condiciones´

“La sensación que tenemos es que este país no cuida a sus jueces, pese a que nuestro trabajo se basa en velar por que se cuiden los derechos de todos los justiciables”, aclara a Economist & Jurist una magistrada de lo mercantil de Madrid.



En un comunicado conjunto suscrito por las asociaciones judiciales, Asociación Profesional de la Magistratura, Jueces y Juezas para la Democracia, Asociación Judicial Francisco de Vitoria y Foro Judicial Independiente valoran positivamente este fallo dictado por el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (sentencia núm. 581/2023 de fecha 22 de septiembre de 2023).

Acoge la eterna reivindicación de la Carrera Judicial, canalizada a través de los integrantes de todas las Asociaciones Judiciales en el seno de la CNSS, de la obligación del CGPJ de regular la carga de trabajo a efectos de salud laboral en cumplimiento de lo dispuesto en el art 5.2 de la LPRL de la Carrera Judicial.”, señalan. Se trata en definitiva “de reconocer que hay mucho trabajo que aún queda por realizar para plasmar en unos módulos definitivos el derecho a que nuestra salud laboral sea protegida”.

Un éxito para la carrera judicial

Edmundo Rodríguez, magistrado de la AP de Vizcaya y uno de los portavoces de Jueces y Juezas para la Democracia, considera que es un éxito para la carrera judicial porque obliga al CGPJ a regular la carga de trabajo d modo que la salud laboral de los profesionales de la judicatura no se resienta.

Edmundo Rodriguez. (Foto: Archivo)

Tiene que haber una determinación clara de hasta dónde hay que llegar, pero no porque tenga consecuencias disciplinarias o poque sirva para determinar la retribución variable, es decir, la productividad, sino porque ante la elevada carga de trabajo de muchos tribunales hay que saber hasta dónde se puede llagar para que quienes la afrontan no se ven perjudicados en salud”, apunta.

Desde su punto de vista, “lo que resulta inaceptable es que el CGPJ no haya querido hasta la fecha determinar esta materia. Ha habido requerimientos innumerables de todas las asociaciones profesionales, pero infructuosos”. Recuerda que “se ha tenido que acudir a los tribunales y la oposición ha sido constante, obligando a múltiples recursos y alegaciones durante años”.

Para este juez, “es una sentencia muy importante porque obliga al CGPJ a cumplir sus propias determinaciones, puesto que son sus reglamentos y sus acuerdos los que exigen que se determine cual es la carga de trabajo razonable para evitar perjuicios a la salud y bienestar de quienes integran la judicatura”.

En cuanto al plazo que tiene el CGPJ para cumplir este fallo, Rodríguez indica que “no lo dispone la sentencia pero entendemos que el CGPJ debiera cumplir con urgencia el fallo para evitar no sólo la rebeldía de un órgano constitucional a las decisiones judiciales, sino el perjuicio que podría ocasionar a profesionales que están trabajando indebidamente, por encina de estándares razonables de dedicación, poniendo en peligro su salud”.

El CGPJ tiene que asumir su responsabilidad

Fernando Portillo, juez decano de los juzgados de Melilla y presidente del Foro Judicial Independiente, explica que “llevamos años batallando contra el CGPJ y esta sentencia es importante. Hace bueno el papel que hacemos las asociaciones judiciales de defender los derechos profesionales frente a quien tendría que ampararlos que es el CGPJ”.

Fernando Portillo. (Foto: Cesión Propia)

Desde su punto de vista, “el propio CGPJ nos tiene en una situación inerme. No sabemos cuánto podemos trabajar sin riesgo para nuestra salud, siendo una obligación del CGPJ fijar esas cargas conforme al Plan de Riesgos Laborales que se aprobó hace años por el propio CGPJ”.

Después de dos sentencias en la Audiencia Nacional, por fin el Supremo ha entrado en el fondo del asunto y estima lo que parecía lógico. “El CGPJ está obligado según el Plan de Riesgo Laborales a fijar esas cargas de trabajo por salud laboral, y como no ha cumplido tiene que cumplir ahora”.

En la actualidad, cree que “somos uno de los pocos colectivos que no sabemos lo que tenemos que trabajar para cobrar a fin de mes. Por un lado, hay unas cargas de trabajo que no nos afectan y que son los módulos de entrada para fijar lo que es el número de asuntos que puede soportar un juzgado a partir de cuyo exceso habría que crear nuevos juzgados”.

Portillo recuerda que “esos módulos de entrada fueron anulados por el Supremo porque no se habían tomado en consideración las opiniones de las administraciones autonómicas con competencias transferidas. Al mismo tiempo, tenemos unos módulos de rendimientos para aquellos que trabajen más de lo que se considera óptimo para cobrar una productividad adicional”.

Dicha productividad nos confirma que “se paga a partir del 120% y no del 10%, así se trabaja gratis para la administración de 100 a 119%. Al mismo tiempo, tenemos un rendimiento de trabajo del juez individual que cuenta a efectos disciplinarios y desconocemos cuál es., Hemos pedido al CGPJ que nos aclare cuál es esta carga de trabajo porque tenemos derecho a saber dónde está el límite”.

Para Portillo “lo que queda claro ahora es que los jueces trabajamos muy por encima de lo que nos posibilita nuestra salud laboral. Ahora, la batalla es dónde fijar esas cargas. Estos temas se abordan en la Comisión Nacional de Seguridad y Salud, que está dentro del CGP donde están los representantes de las asociaciones. Urge reunirnos para aclarar estos temas”.

Este magistrado recuerda que “en el seno de esta Comisión se ha trabajado mucho y se llegó a un acuerdo conjunto para poder entender cuáles son las cargas a efecto de salud el cien por cien de las retribuciones variables, es decir, todo lo que excede de ese reportaje debe ser un riesgo para la salud. Sin embargo, el CGPJ se negaba porque al reconocer las retribuciones variables con el 120% había que fijar ese porcentaje fuera del 100%”.

Sin embargo, al judicializarse este asunto no ha habido más intentos de llegar a un acuerdo. “Ahora hay que retomar estos trabajos. Pese a que el CGPJ está en funciones, no debe tener problemas de cumplir este fallo judicial. Esperemos que sea diligente, de lo contrario pediremos el cumplimiento de la sentencia”.

La ejecución parece complicada. “La única manera de coaccionar a alguien es imponer multas coercitivas. Esperemos que no se llegue a esa situación y esté por la labor de cumplir con su cometido. Ahora hay que poner números a esta carga de trabajo. Lo que sí sabemos es que la carga de trabajo razonable está basada en un 100% y las retribuciones variables se pagan a partir del 120%, una carga a efectos de salud debe estar por debajo”.

Cuidado con las jubilaciones voluntarias

Sergio Oliva, magistrado del juzgado de lo social 9 de Santa Cruz de Tenerife y miembro del Comité Nacional de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria aclara que “en una primera valoración de esa sentencia recoge una reclamación nuestra que se condenase al CGPJ a regular nuestra carga de trabajo, pero no nos estimaron la parte a cómo se tiene que hacer dicha regulación. La puerta se deja abierta y ahora hay que desarrollar”.

Sergio Oliva. (Foto: Cesión propia)

Desde su punto de vista, “no va a ser fácil hacerlo, si el juez llega al 120% eso puede ocurrir en el mes de junio. Y entonces debe aclararse que va a hacer el CGPJ en esa situación. Estamos expectantes lo que puede decidir. Desde ese punto de vista la sentencia es un éxito porque obliga al CGPJ a que tome medidas de prevención de riesgos laborales para los jueces”.

Este magistrado señala que “siempre pensamos en el apartado 5.2 de nuestro Plan de Riesgos laborales. De hecho, nos sorprendió que la Audiencia Nacional no lo estimase nuestra demanda de conflicto colectivo. Ahí hemos perdido unos años valiosos con ese fallo de 2017. Parece lógico que el empleador fije una carga de trabajo a los empleados, pero la Audiencia y su ponente Ricardo Bodas, hoy jubilado, lo desestimo”.

Junto con esta problemática está la cuestión de las jubilaciones. Oliva hizo un estudio en 2020 sobre esta problemática. “Di con este tema por el ascenso a magistrados. Antiguamente se tardaba en ascender de tres a cinco años y las promociones como la mía, la 63, hemos tardado diez años en lograr ese ascenso. Cuando estudiamos este tema vi que muchos jueces se iban a jubilar del 2020 al 2030. En total más de 1.700 compañeros que supone el 33% de la carrera judicial actual”.

Otro dato que revela es el incremento de las jubilaciones voluntarias, que se han disparado en los últimos años. “Muchos llegan a los 63 años y se jubilan anticipadamente. En el periodo 2018 a 2021 era el 42% y ya este año se está jubilando cerca del 48% y sigue subiendo. Todo eso tiene que ver con la falta de medios, tanto personales como materiales en los juzgados, la ausencia de una carrera profesional de los jueces. Un magistrado que llega a la Audiencia Provincial ahí acaba su carrera”.

La puntilla ha sido los cuatro meses de huelga de este 2023, que han colapsado los juzgados y multiplicado el trabajo en los juzgados. Ahora los señalamientos son para el 2024, 2025 o 2026 “el principal perjudicado es el justiciable, que ve sus derechos vulnerados. Esto no es un problema de jueces, el ultimo que le va a afectar es el justiciable en un entorno en el que la justicia importa poco”.

No damos abasto con tanto trabajo

Natividad Roldán es la jueza decana de Dos Hermanas (Sevilla), donde hay siete juzgados. Explica que se va a crear el juzgado de violencia doméstica “en ese momento pediremos un octavo juzgado porque superamos los módulos de entrada fijados en 2003. Esos módulos en primera instancia se fijan en 680 en asuntos civiles y 1.000 penales. Ahora duplicamos esos números”.

Natividad Roldán. (Foto: Cesión propia)

También reconoce que las huelgas de este primer semestre han dejado huella “más por los funcionarios de los juzgados que por los propios LAJs, estos han sido más días puntuales sin trabajar, pero el efecto ha sido importante y gravoso para todos los juzgados. El efecto ha sido notable”.

Esta magistrada reconoce que le dedica más de las horas que debiera a sacar todo el trabajo del juzgado, por la mañana las vistas que están señaladas y luego después de comer el trabajo importante de poner sentencias lo que genera un desgaste importante a nivel físico y mental. “Fichamos de entrada, pero no tenemos hora de salida, por el momento”.

Desde su punto de vista, esta sentencia del Supremo “era muy esperada por la carrera judicial. Llevamos años trabajando las asociaciones judiciales, desde el 2013 ya estábamos por conseguir que se regulase esa carga de trabajo que son los módulos de trabajo del 2003 que han quedado desfasados”.

A su juicio, “el problema fundamental radica en que el artículo 5.2 del Plan de Prevención de Riesgos Laborales que hizo el CGPJ no dice cómo regular esa carga de trabajo a efectos de salud y atender a los nuestros riesgos psicosociales. Además, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales habla en su artículo 16 de atender a las características específicas de cada trabajador, pero no se hace nuestro. Es fundamental tener en cuenta las consideraciones específicas de cada juez”.

Roldán aclara que la sentencia “estima parcialmente el recurso y desestima este punto que pedíamos de la atención a las circunstancias de cada profesional en su puesto de trabajo una vez se haga el mapa de riesgos”.

Señala que otra sombra de la sentencia es “el hecho de que se supere los módulos de entrada existentes de carga de trabajo no vincula a la creación de nuevos órganos judiciales”. Y es que sin partida presupuestaria es complicado asumir esta cuestión. “Habrá que ver qué decisión toma este CGPJ sobre este tema”.

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