Los letrados de ALTODO están satisfechos porque un juzgado considere delito de atentado la agresión a un abogado de oficio
Esta asociación sigue reclamando que los abogados del turno de oficio sean considerados como autoridad pública, al igual que lo son los sanitarios y maestros
Las agresiones siguen a los abogados del turno de oficio. La tesorera Lola Fernández Campillo asistió a una letrada del turno en un juicio. (Imagen: ICAM)
Los letrados de ALTODO están satisfechos porque un juzgado considere delito de atentado la agresión a un abogado de oficio
Esta asociación sigue reclamando que los abogados del turno de oficio sean considerados como autoridad pública, al igual que lo son los sanitarios y maestros
Las agresiones siguen a los abogados del turno de oficio. La tesorera Lola Fernández Campillo asistió a una letrada del turno en un juicio. (Imagen: ICAM)
Los datos de amenazas y agresiones a abogados han crecido de forma notable. Según Defensa de la Abogacía del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), en el 2023 hubo 35 incidencias y este año, por el momento, 46. En casos extremos el Colegio madrileño otorga el amparo colegial —de los cinco del año pasado se han pasado a diez en la capital de España—. Una parte importante de estos incidentes los sufren los abogados del turno de oficio.
En este sentido, a la Asociación de Letrados por un turno de oficio digno (ALTODO) ha llegado un auto emitido el pasado 17 de septiembre por el Juzgado de Instrucción número 5 de Donostia-San Sebastián, donde decidió continuar con la tramitación del caso mediante un procedimiento abreviado. Se investigará si la agresión a un abogado del turno de oficio podría constituir un delito de atentado.
Esta resolución sigue la línea de una decisión anterior de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que reconoció que la abogacía de oficio «participa en el ejercicio de funciones públicas», lo que confiere a los letrados del turno de oficio una protección especial en el desempeño de sus funciones.
Inicialmente, el Juzgado había archivado la causa, argumentando que no se había justificado suficientemente la existencia de un delito, ya que no se reflejaban lesiones en el abogado agredido, según indicaba el auto de sobreseimiento.
No obstante, tras la apelación del abogado afectado, apoyada por la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa y el Ministerio Fiscal, se ordenó la reapertura del caso para continuar con la investigación.
En declaraciones a Economist & Jurist, la presidenta de ALTODO, Virginia de la Cruz, indica que “esta resolución respalda la interpretación que ALTODO viene promoviendo desde hace varios años: el trabajo de la abogacía y en particular del abogado del turno de oficio constituye un servicio público esencial que además incide en la libertad de los ciudadanos, asegurando el normal funcionamiento de los valores democráticos y el correcto ejercicio de los derechos fundamentales”.
Desde su punto de vista “por debe recibir el mismo nivel de protección que se otorga a otros funcionarios públicos, como es el caso, tras la última 2 reforma por LO 1/2015 del Código Penal, de los sectores de la educación o la salud, cuando ejercen sus funciones”.
Precisamente ALTODO, durante la última edición de su VI Premio Anual, acordó efectuar Mención Especial a las letradas María Paz Sa Casado y María Ángeles Salamero Cipitria, como letradas intervinientes en el citado procedimiento judicial.
Abogados que defienden a los más vulnerables
Desde ALTODO se insiste en que la importancia de la abogacía de oficio en la garantía de los derechos fundamentales exige que se les brinde una protección legal adecuada frente a los riesgos inherentes a su desempeño.
Esta interpretación amplia del concepto de “funcionario público” ha sido la tónica seguida por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, rebasando así las líneas definitorias del concepto administrativo de funcionario, en tanto se atiende de forma primordial a la función desempeñada (v.gr., SSTS 345/2022, de 6 de abril o 354/2019, de 10 de julio).
Para su presidenta “es fundamental destacar que la abogacía del turno de oficio desempeña su labor en entornos especialmente complejos y, en muchos casos, hostiles, donde el clima de tensión y la posibilidad de enfrentamientos están a la orden del día”.
Así aclara en E&J que “en estos escenarios, no es infrecuente que los compañeros y compañeras se enfrenten a situaciones de agresiones verbales e incluso físicas, o amenazas por parte de las personas a las que deben defender, quienes en muchas ocasiones atraviesan situaciones de elevada tensión emocional o psicológica”.
Para los letrados de ALTODO resulta evidente que los abogados y abogadas de oficio están solos en su ejercicio, sin la protección institucional inmediata que podrían tener otros funcionarios públicos en situaciones similares.
Además, reconocen que la naturaleza de su trabajo les obliga a proporcionar sus datos personales al justiciable, incluyendo información de contacto y localización. Esta obligación, inherente a su responsabilidad de garantizar una defensa efectiva y adecuada, conlleva riesgos adicionales, ya que los abogados quedan expuestos a posibles presiones, represalias o amenazas fuera del ámbito profesional. “El hecho de que deban mantener una comunicación directa y continua con personas que, en algunos casos, pueden ser violentas, inestables o incluso peligrosas incrementa notablemente el nivel de vulnerabilidad al que están expuestos”, comenta Virginia de la Cruz.
Esto pone de manifiesto la importancia de ofrecer una mayor protección legal y profesional a estos profesionales, cuyo trabajo es esencial para garantizar el acceso a la Justicia, especialmente para aquéllos que no pueden costear una defensa privada.
Desde ALTODO se piensa que los efectos previstos, más allá del fin preventivo-general de la pena, es poder contar con medidas cautelares y postpenitenciarias más eficaces que las actuales, toda vez que en la práctica actual se demuestran ineficaces por la tendencia a la adecuación típica como delito leve (antiguas faltas) de las conductas violentas o intimidatorias del cliente respecto a su abogado.
Para esta asociación, “el reconocimiento del carácter de autoridad que se propone no tiene como objetivo otorgar distinciones o elevar el estatus del abogado de oficio, ni afecta su posición o la relación abogado-cliente, que siempre debe mantenerse en los mejores términos”.
Los abogados seguirán siendo los mismos profesionales dedicados, y esta protección penal especial solo se activaría en situaciones específicas en las que sean víctimas de agresiones o amenazas directamente relacionadas con el ejercicio de sus funciones. No se trata de otorgar privilegios, sino de garantizar su seguridad en el desempeño de una labor esencial.