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Multas de hasta 6.250 euros para las empresas que no registren la jornada de sus trabajadores

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Multas de hasta 6.250 euros para las empresas que no registren la jornada de sus trabajadores



Desde este domingo 12 de mayo las empresas están obligadas por ley a registrar la hora a la que inician y a la que finalizan la jornada laboral sus trabajadores. En caso contrario, se enfrentarán a una sanción por parte de Inspección de Trabajo que puede costarles desde 626 hasta 6.250 euros.

El pasado mes de marzo el Gobierno estableció esta nueva norma mediante un Real Decreto-ley que modificó el Estatuto de los Trabajadores para sentar las bases legales y emplazar a las empresas a la negociación con sus trabajadores para acordar la técnica que más convenga a cada compañía para implementar este control. Desde este lunes, pues, los técnicos de Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán realizar inspecciones a las empresas para comprobar que se han adaptado a la nueva normativa. Aunque en teoría ya podrían multar, en la práctica y según los expertos, se establecerá un «margen de adaptación».



La Inspección de Trabajo dará a las empresas un margen (no más de un mes) para tener listo el registro si ve buena voluntad y que está negociando con los representantes de los trabajadores, informa EFE. De manera complementaria, para aplicar esta norma se ha modificado también el texto de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), para tipificar como «infracciones graves» las derivadas de incumplimientos relativos al registro de la jornada (artículo 7.5). Esto equivale a cuantías que pueden ir desde los 626 euros por multas mínimas hasta un máximo de 6.250 euros.



Estas sanciones se aplicarán por empresa y no por trabajador con el que incumpla la obligación de registrar el horario de la jornada laboral. El profesor de derecho laboral de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y abogado Carlos Javier Galán opina que esta horquilla prevista en la cuantía de las sanciones servirá para «graduar» las multas «en función del número de trabajadores con los que se incumpla la ley».

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