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Noticias Jurídicas

Novedades Fiscales anunciadas para 2011

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Novedades Fiscales anunciadas para 2011

(Imagen: RTVE)



El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 contiene una serie de novedades tributarias en el ámbito de varios impuestos, de las que destacamos las siguientes:
Respecto al IRPF, resaltamos que:
1.- se introduce una elevación del tipo de gravamen de un 1% y un 2% para las rentas superiores a 120.000 euros y 175.000 euros respectivamente;
2.- en los rendimientos del trabajo irregulares (bonus, stock options, etc…) se establece un límite máximo de 300.000 euros anuales sobre la cuantía máxima a la que se aplicará la reducción del 40%
3.- el gravamen como renta del ahorro de las percepciones derivadas de las reducciones de capital social con devolución de aportaciones a los socios de las SICAV, así como en el supuesto de reparto de prima de emisión de acciones a estos últimos, surtiendo efecto sobre las reducciones de capital y distribución de prima de emisión realizadas a partir del 23 de septiembre de 2010;
4.- se modifica la deducción por inversión en vivienda habitual, que a partir del 1 de enero de 2011, sólo podrá ser aplicada por los contribuyentes cuya base imponible (general y del ahorro) sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Como es habitual en estos casos, se introduce un régimen transitorio que permite que los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2011 puedan aplicarse dicha deducción según las normas vigentes en el momento en el que se realizó la inversión.
5.- se potencia la deducción por alquiler de vivienda que se equipara a la deducción por inversión en vivienda habitual; y
6.- se eleva al 60% la reducción del rendimiento neto procedente del arrendamiento de viviendas.
Respecto al Impuesto de Sociedades (IS), resaltamos que:
1.- a partir del 1 de enero de 2011, las empresas de reducida dimensión podrán seguir aplicando los incentivos fiscales del Capítulo XII de la normativa del IS en los tres ejercicios siguientes a aquél en el que alcancen la cifra de negocios de 8 millones de euros siempre que hayan cumplido las condiciones para ser consideradas como de reducida dimensión en dicho período y en los dos anteriores, siendo aplicable también lo anterior, cuando se alcance la cifra de negocios de 8 millones de euros como consecuencia de que se haya realizado una operación de las reguladas en el Capítulo VIII del Título VII de la normativa del IS (fusiones, escisiones, aportaciones no dinerarias, canje de valores…) y se cumplan los requisitos mencionados anteriormente; y
2.- con efectos para los períodos impositivos que concluyan a partir del 21 de diciembre de 2007, se suprime la deducción del 5% del Fondo de Comercio Financiero para las adquisiciones de valores representativos de la participación en fondos propios de entidades residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea.
Fuente: Pintó Ruiz & Del Valle

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