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Nueva Reforma de la Ley 22/2003 Concursal

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Nueva Reforma de la Ley 22/2003 Concursal

El Congreso se estructuró en varias mesas redondas que abordaron temas cruciales para el arbitraje. (Imagen: ICAB)



Se ha procedido a la designación de una Comisión de Expertos nombrada por el Ministerio de Justicia para la reforma de la Ley 22/2003 Concursal, integrada por representantes del sector privado, técnicos de la administración, magistrados de lo Mercantil y de las Audiencias Provinciales y catedráticos en Derecho Concursal, en orden a atemperar la vigente Ley Concursal que pese a haber entrado en vigor en el año 2004 y posteriormente modificada en marzo de 2009, se ha demostrado que padece de graves carencias para hacer frente a la situación de la crisis económica actual.

En general, no se trata de una nueva Ley, sino de una reforma puntual de determinados aspectos de la misma, si bien en particular se modificarán en profundidad la legislación de los trámites a seguir en los casos de insolvencia de las personas físicas.



La modificación introducida en la última reforma a que se ha hecho referencia, será también reforzada teniendo el procedimiento de la comunicación previa regulada en el artículo 5.3 de la Ley Concursal una mayor efectividad al protegerse al deudor no sólo del concurso necesario sino también de reclamaciones de ejecuciones individuales y de la oficina recaudadora de la Administración Pública.

Por el momento estas son las reformas de más trascendencia de que se dispone, si bien por razones obvias -aprobación por la Comisión, trámite parlamentario- no parece prudente adelantar nada más, volviendo sobre el tema tan pronto como sean aprobadas.

Fuente: Bufete Pintó Ruiz & Del Valle